Portobelo y San Lorenzo, Patrimonio Mundial en Peligro (SOC por el Estado Parte) y un Plan de Gestión

Amigas y Amigos de Patrimonio Panamá:

Gracias al Sistema de Información del Estado de Conservación (SOC) habilitado por el Centro de Patrimonio Mundial de UNESCO, de acceso libre y gratuito para todos alrededor del mundo, les traigo esta actualización publicada este mes de febrero de 2014. Se trata de un archivo PDF con el resumen en inglés del informe de Estado de Conservación entregado por Panamá, sobre Portobelo y San Lorenzo. Es gracias a las políticas de acceso público a la información de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), que podemos tener acceso secundario a esta información nacional sobre nuestros sitios de patrimonio mundial.

Dicho informe fue generado por las autoridades panameñas bajo su sola responsabilidad y punto de vista, y es un informe separado y distinto al Informe del Sistema de Información Estado de Conservación del Centro del Patrimonio Mundial e ICOMOS.

Aquí está el enlace: Dale click aquí, ve al final de la tabla, junto a las casillas marcadas «2014 / SOC Report by State Party» y pincha el enlace, «Summary of the State of conservation report by the State Party / Résumé du Rapport de l’Etat partie sur l’état de conservation (29/01/2014)». Es un resumen de cuatro páginas, en formato PDF, en idioma inglés.

Portobelo. Fuerte Santiago de la Gloria (Foto de la Autora)

Portobelo. Fuerte Santiago de la Gloria (Foto de la Autora)

RESUMEN DEL RESUMEN

En un «resumen» del «Resumen del Informe de Estado de Conservación», el archivo PDF lista como inscritas en la Lista del Patrimonio Mundial, a las fortificaciones siguientes: 1 – Las fortificaciones de San Fernando: batería baja, batería superior, y casa fuerte sobre en la cima de la colina, 2 – Fuerte Batería de San Jerónimo; 3 – Fortificaciones de Santiago: Castillo de Santiago de la Gloria, la batería y Casa Fuerte en la cima de la colina;. 4 – Antigua Fortaleza de Santiago; 5 – Ruinas del Fuerte Farnesio; 6 – Sitio de La Trinchera; 7 – El sitio de San Cristóbal; y finalmente, el Castillo de San Lorenzo El Real de Chagre y su batería superior como estructura separada, ambos a 43 km de distancia de Portobelo, en la desembocadura del río Chagres.

El informe de las autoridades panameñas señala como elementos que han afectado negativamente a la propiedad (Portobelo y San Lorenzo):

  • Muy mal tiempo, con un patrón de temperaturas altas y mucha lluvia, que erosionó los materiales de los monumentos.
  • Inestabilidad del terreno en las laderas de los montes en torno a Portobelo; cita los derrumbes que ocurrieron en el año 2010.
  • Cambios en la pendiente de las laderas ocasionados por la construcción de la carretera de acceso a Portobelo en la década de 1970, y acumulación de agua causada por el cambio así producido al drenaje natural de las colinas.
  • Aumento del nivel de las aguas del mar a causa de sedimentación, causando pérdida de playas y afectando a los monumentos próximos al agua.
  • Crecimiento urbano descontrolado en Portobelo, incluyendo construcciones ilegales sobre las ruinas y su perímetro inmediato.
  • Las autoridades panameñas señalaron que los riesgos más intensos se relacionan con el clima, sugiriendo que agravan dichos riesgos factores causados por el hombre (antropogénicos), como la expansión urbana, contaminación del agua, construcciones ilegales y a gestión incipiente de conservación.

    Bajo el título, «Medidas de mitigación propuestas», se menciona la existencia de un Plan de Emergencia, en base al cual se establece una estrategia de intervención, donde las mayores medidas de mitigación son (traduzco textualmente los puntos 1 al 11):

    1) Reforzar el trabajo de mantenimiento llevado a cabo por el Patronato Portobelo y San Lorenzo, adaptando su presupuesto a la escala de las intevenciones necesarias.

    2) Controlar la presión urbana sobre las fortalezas de Portobelo, redefiniendo zonas de amortiguamiento y usos de suelo autorizados (residencial, comercial, de estacionamiento, etc.) en las cercanías de las estructuras.

    3) Resolver la contaminación del entorno construido, así como la contaminación de las aguas por desechos sólidos, mediante un sistema integrado de alcantarillado. Se requiere construir instalaciones sanitarias públicas dentro de edificios existentes, a la escala de la urbe, todas conectadas al alcantarillado.

    4) Control de hierbas y exterminación y extracción de raíces de toda la vegetación invasiva.

    5) Remover todas las adiciones construidas con concreto, y reemplazarlas con materiales tradicionales.

    6) Trabajos de impermeabilización en todos los techos, muros de parapeto, y cualesquiera otros elementos estructurales para prevenir la penetración de agua de lluvia e intensificación del deterioro de edificios y ruinas.

    7) Protección de superficies impermeabilizadas, para permitir usos peatonales.

    8) Reparación y mantenimiento de canales de drenaje de agua dentro y fuera de las fortalezas, para permitir el libre flujo del agua de lluvia hacia el mar.

    9) Reparación de las cisternas de agua pluvial en el interior de las fortalezas e instalación de bombas sumergibles para descargar el agua directamente al mar o a canales de agua existentes, evitando así innecesaria presión del agua sobre las paredes externas y fundaciones.

    10) Completar la restauración selectiva de un número limitado de fortalezas con el fin de determinar costos reales de conservación y establecer estándares finales para acabados y tratamiento estructural a ser seguido en todo futuro trabajo de preservación en Portobelo y San Lorenzo. Cal, madera, piedra, ladrillo, etc. deberán ser procurados localmente tanto como sea posible. El material extraído deberá también ser reutilizado cuando sea posible.

    11) La segunda fase de trabajo de conservación se concentrará en ña rehabilitación para propósitos turísticos, de estudios culturales, talleres educativos, etc. en vista de gestión sostenible y mantenimiento.

    Bajo el título, «Monitoreo», las autoridades panameñas señalan que la principal acción llevada a cabo durante el año 2013 fue un proyecto de estabilización de laderas en la colina adyacente a las fortificaciones de Santiago que fueron afectadas por deslizamientos en diciembre de 2010. Este proyecto fue monitoreado por la «Unidad Técnica de la Oficina del Casco Antiguo», a cargo del seguimiento a el Plan de Gestión para los sitios de patrimonio mundial en Panamá. El Plan de Manejo fue adoptado por Resolución No. 186 DNPH (esto quiere decir, que es una Resolución, del Instituto Nacional de Cultura mediante su Dirección Nacional de Patrimonio Histórico – DNPH), publicado en la Gaceta Oficial No. 27387 de 3 de octubre de 2013. El resumen termina, señalando que el archivo de monitoreo presentado a continuación (en el documento completo, que no está en internet) está presentado en el formato establecido por el Plan de Gestión.

      ***Fin del Resumen del Resumen***

    SOBRE EL PLAN DE GESTIÓN DE LOS SITIOS UNESCO DE PANAMÁ

    Para información de todos ustedes, les facilito la Resolución No. 186 DNPH de 2013 (Dé click aquí), así como inserta en la Gaceta Oficial No. 27387 de 3 de octubre de 2013 (Dé click aquí).

    Aunque el título de la Resolución reza, «Por el cual se aprueba el plan de gestión de los sitios UNESCO de Panamá», solamente se refiere a dos (2) de los cinco (5) sitios panameños inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial. Los tres sitios de patrimonio mundial natural panameños continúan gestionados por la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), no por la Dirección Nacional de Patrimonio Histórico (DNPH) del Instituto Nacional de Cultura (INAC). Se refiere pues, a la propiedad formada por el Casco Antiguo de Panamá y el Sitio Arqueológico de Panamá Viejo, y a la propiedad formada por las fortificaciones en Portobelo y San Lorenzo.

    Patrimonio Mundial Panameño / Panamanian World Heritage

    Patrimonio Mundial Panameño / Panamanian World Heritage

    Este plan está esbozado en una resolución muy sencilla, elaborada por la DNPH. Consta de cinco considerandos y tres resueltos, en el primero de los cuales consta de la lista de 20 objetivos del plan.

    El segundo resuelto señala las autoridades pre-existentes a la Resolución, que apoyarán de alguna forma el cumplimiento los objetivos listados en el primer resuelto.

    Llama poderosamente la atención que el segundo resuelto no hace mención del Patronato Portobelo San Lorenzo, ni del Patronato Panamá Viejo, que actualmente gestionan los sitios respectivos con presencia del INAC en su junta directiva, cada uno.

    El tercer resuelto señala la fecha de inicio del plan. Termina con el fundamento de derecho, que son la Constitución Política de la República de Panamá (en general), y las leyes básicas del patrimonio panameño: la Ley 14 de 1982, la Ley 91 de 1976 y el Decreto Ejecutivo 51 de 2004.

    Es interesante conocer que el Manual de Normas y Procedimientos para la Restauración y Rehabilitación del Casco Antiguo de la Ciudad de Panamá, está respaldado por la jerarquía de Decreto Ley No. 51 de 2004, mediante el cual se aprobó dicho Manual de Normas y Procedimientos, que contiene insertos en sus artículos algunas resoluciones institucionales de la DNPH. Por cierto, el Conjunto Monumental Histórico del Casco Antiguo de Panamá es el único conjunto monumental panameño que tiene su propio manual de este tipo.

    Agradezcamos pues a UNESCO, cuyas políticas de transparencia nos permiten acceder a estas informaciones de acceso público tanto en Panamá como en el extranjero.

    Saludos,

    Katti Osorio Ugarte

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    NOTA:
    El Informe del Sistema de Información Estado de Conservación del Centro del Patrimonio Mundial e ICOMOS, que probablemente esté disponible en julio de 2014, será generado en conjunto por el Centro del Patrimonio Mundial e ICOMOS internacional como material de referencia para el Comité del Patrimonio Mundial de UNESCO en su próxima sesión a mediados de 2014. Incorporará información aportada por Panamá en su informe, así como información en informes y materiales generados expresamente para el caso por expertos internacionales de los organismos consultivos de UNESCO.

    Estos son los SOC anteriores, generados por el Centro del Patrimonio Mundial e ICOMOS: Estado de Conservación (SOC), en idioma inglés.

    Aniversario No.341 del traslado de la ciudad de Panamá

    Amigos y amigas de Patrimonio Panamá:

    Hoy se cumplen 341 años desde el traslado de la ciudad de Panamá, desde el lugar que hoy conocemos como Sitio Arqueológico de Panamá Viejo, a su asiento actual en la península ocupada por el Casco Antiguo de Panamá (Distrito Histórico). El 21 de enero de 1673 es un día especial, donde se reafirmó la importancia geopolítica de la posición estratégica de la ciudad portuaria de Panamá en el istmo centroamericano.

    El 21 de enero de 1673 se hizo oficial el traslado de la ciudad de Panamá en 1673 desde su asiento original en las ruinas de Panamá Viejo, a otro lugar aproximadamente a ocho kilómetros de distancia; lugar que hoy conocemos como Casco Antiguo, dentro de los mismos límites municipales que le había asignado la corona española mediante real cédula de 6 de septiembre de 1521. Éstos se extendían desde el límite de Natá, el río Chame al Oeste; el río Chepo al Este; Nombre de Dios al Norte, aproximadamente la mitad de la distancia entre ambas ciudades; y las islas de las Perlas, al Sur. En efecto, la ciudad de Panamá fue trasladada, que no refundada, dentro de su territorio original, con su Cabildo, su Real Audiencia y su diócesis.

    El traslado se efectuó el 21 de enero de 1673, al ejecutar Don Antonio Fernández de Córdoba la real cédula de 31 de octubre de 1672, donde la corona española ordenaba mudar la ciudad al sitio de «Lancon» edificando en nombre del rey las casas de la Real Audiencia, del Cabildo, y la Iglesia Catedral; esto es, los poderes real, municipal y eclesiástico para el gobierno de Tierra Firme, conservando el puerto de la ciudad en la isla Perico, y dando especial importancia a protegerla mediante una muralla cerrada. En el siglo XX, el Concejo Municipal de Panamá aprobó el Acuerdo No. 59 de 13 de mayo de 1953 que declaró oficialmente al 15 de agosto de 1519 como fecha de fundación, considerando al 21 de enero como fecha de traslado. En el año 2019, la ciudad de Panamá cumplirá 500 años.

    UNESCO reconoció a Panamá Viejo y al Casco Antiguo como la misma ciudad, inscrita en dos etapas en la Lista del Patrimonio Mundial, en 1997 y en 2003. Su valor universal excepcional se sustenta en los mismos criterios de evaluación para Panamá Viejo y Casco Antiguo, pues la ciudad trasladada continuó sus funciones originales como terminal de rutas marítimas y terrestres. El intercambio cultural a través de los siglos, su acceso al mar, y la muy especial disposición de la roca que la protege en el Casco Antiguo dieron origen a su traza urbana, al desarrollo de su arquitectura, y a su importancia geopolítica, que sedujo la mente de Simón Bolívar a celebrar en ella el Congreso Anfictiónico a pesar de la ruina en que se hallaba la ciudad en 1826, según mapas de la primera mitad del siglo XIX.

    El año pasado, celebramos los 500 años del avistamiento del Mar del Sur por los europeos. Ambos acontecimientos, el avistamiento del Mar del Sur en 1513 y la fundación de la ciudad de Panamá en 1519, son hechos inseparables. Con su avistamiento, Balboa demostró que estas tierras eran un continente nuevo para el mundo occidental, y que cruzó un istmo. La ciudad de Panamá nació de la orden del imperio español de fundar una ciudad portuaria que sirviera de punta de lanza para el dominio del nuevo mar y del resto del continente. Desde ella se establecieron rutas transístmicas, Camino Real y Camino de Cruces, y rutas marítimas, enlazando el puerto de Panamá con otros puertos principales como Acapulco y El Callao establecidos tras los viajes de conquista a México y Perú, con conexiones que se expandieron hasta Asia. Su importancia geopolítica valió el costo y esfuerzo de reactivarla tras su asalto y destrucción en 1671, trasladándola a un sitio cercano que permitiera reactivar rápidamente al puerto en la isla Perico, y a las ferias de Portobelo en la costa Atlántica. La ciudad de Panamá y su historia no pueden interpretarse sin el mar que la rodea y que le dio acceso al mundo.

    Saludos,

    Katti Osorio

    Panama, 1521

    Límites aproximados de la ciudad de Panamá según real cédula de 6 de septiembre de 1521.

    Una sola propiedad: Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá (790bis) (Panamá)

    Una sola propiedad: Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá (790bis) (Panamá)

    Lectura relacionada: «Actualización del Sistema de Información de Estado de Conservación», y «El Casco Antiguo de Panamá y el Criterio (vi) de Valor Universal Excepcional»

    El Casco Antiguo de Panamá y el Criterio (vi) de Valor Universal Excepcional

    Destacado

    Queridos amigos de Patrimonio Panamá:

    Hasta la fecha, Panamá tiene inscrita en la Lista del Patrimonio Mundial llevada por UNESCO, a la propiedad «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá.» Distrito Histórico es otro nombre para el Casco Antiguo de la la Ciudad de Panamá, como se le conoce en idioma español. A fin de ingresar a la Lista del Patrimonio Mundial(1), Panamá como Estado Parte justificó ante el Comité del Patrimonio Mundial de Unesco que la propiedad posee Valor Universal Excepcional, al demostrar que la propiedad cumple con los requisitos, que incluyen cumplir con al menos uno de los diez criterios de valor universal excepcional. La propiedad en sus dos componentes, Casco Antiguo + Panamá Viejo, cumplió los criterios (ii), (iv) y (vi). Se escriben así en números romanos en letra minúscula.

    Cada criterio de valor universal excepcional tiene una base teórica, que los respalda. Hoy quiero mostrarles el criterio sexto (vi) de valor universal excepcional, justificado para Panamá. Seleccioné el criterio (vi) porque hoy es una fecha especial: Es la Independencia de Panamá de España (y su adhesión a Colombia) el 28 de noviembre de 1821. En el marco de esta fecha, Simón Bolívar El Libertador escribió unas líneas de felicitación al General José de Fábrega a Panamá por la independencia del Istmo. Dichas líneas preceden al Congreso Anfictiónico de Panamá, base de la justificación panameña del criterio (vi) ante el Comité del Patrimonio Mundial en la inscripción del Casco Antiguo de Panamá en la Lista del Patrimonio Mundial en 1997. Antes de proceder a la carta, veamos el criterio (vi) de valor universal excepcional para el Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá:

    Versión actual: Decisión 37 COM 8E, Declaración de Valor Universal Excepcional Retrospectivo

    Criterio (vi): Las ruinas de Panamá Viejo están íntimamente relacionadas con el descubrimiento europeo del Océano Pacifico, la historia de la expansión española en el istmo de América Central y en Sudamérica andina, la diáspora africana, la historia de la piratería y la Guerra de Sucesión Española, la ruta del oro hacia Europa, la difusión de la cultura europea en la región y la red comercial entre América y Europa. El Salón Bolívar esta asociado con el intento visionario de Simón Bolívar en 1826 para establecer un congreso multinacional en América, que antecede a la Organización de los Estados Americanos y las Naciones Unidas. (Traducción NO OFICIAL por la autora)

    En mi escrito, «Los Atributos del Valor Universal Excepcional de una propiedad considerada Patrimonio Mundial – El caso del Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá», hice un análisis de la justificación de los criterios de valor universal excepcional presentados por Panamá que le valieron la inscripción de la propiedad en sus dos etapas mencionadas, en 1997 y 2003. Me referí a cada uno de los tres criterios justificados por Panamá en ambos componentes de la propiedad: estos son, el Casco Antiguo de Panamá, y el Sitio Arqueológico de Panamá Viejo, identificando los atributos correspondientes, donde señalé en el caso del criterio (vi) para el Casco Antiguo de Panamá:

    El criterio (vi) alude directamente a la importancia geopolítica de la posición estratégica de Ciudad de Panamá, desde su fundación y traslado a la actualidad. El criterio es justificado así basado en la idea bolivariana de emplazar allí la sede del Congreso Anfictiónico, por ser el sitio lógico desde el punto de vista estratégico y geopolítico, en la visión de una América libre y en posición de discutir de igual a igual con las potencias europeas y con las naciones nuevas en el norte del continente americano, hacia un balance global. Incluso, dicho pensamiento así como el congreso en sí, son precursores de organizaciones internacionales con fines similares (la Organización de las Naciones Unidas, la Organización de Estados Americanos, entre otras). Sin la importancia geopolítica atribuida a Ciudad de Panamá por el Libertador, el Congreso Anfictiónico no hubiese sucedido allí. De esta manera, el criterio (vi) se asienta más sobre la idea del congreso de naciones que buscaba un balance global que sobre las ruinas mismas del Salón Bolívar, al cual se le atribuye ser la habitación que acogió al Congreso Anfictiónico. Las ruinas son el atributo físico del espacio que contenía a la idea.

    Los atributos presentes en la justificación del criterio (vi) son los siguientes: el Salón Bolívar (Palacio Bolívar, Sede del Ministerio de Relaciones Exteriores); y el carácter marítimo de la ciudad de Panamá, parte principal de su importancia geopolítica como punto estratégico para las comunicaciones interoceánicas, y terminal de rutas comerciales internacionales. (Osorio 2012: 14-15)

    Quisiera referirme a la idea bolivariana de hacer de Panamá sede del Congreso Anfictiónico. En su famosa Carta de Jamaica, Bolívar se refirió tres veces al Istmo de Panamá, refiriéndose a éste primero como posible metrópoli, después de México, del Nuevo Mundo hecho una gran república, y le describe como «… el Istmo de Panamá, punto céntrico para todos los extremos de este vasto continente…» (Bolívar 1967: 38). En su segunda alusión, señala: «Los estados del istmo de Panamá hasta Guatemala formarán quizás una asociación. Esta magnífica posición entre los dos grandes mares, podrá ser con el tiempo el emporio del universo, sus canales acortarán las distancias del mundo, estrecharán los lazos comerciales de Europa, América y Asia, traerán a tan feliz región los tributos de las cuatro partes del globo. ¡Acaso sólo allí podrá fijarse algún día la capital de la tierra como pretendió Constantino que fuese Bizancio la del antiguo hemisferio!» (Bolívar 1967: 42-43). Al señalar las grandes dificultades en mantener la paz en los territorios recién fundados y la imposibilidad de consolidarlos en una sola, gran república, alude por tercera vez a Panamá, diciendo: «¡Qué bello sería que el Istmo de Panamá fuese para nosotros lo que el de Corinto para los griegos! Ojalá que algún día tengamos la fortuna de instalar allí un augusto congreso de los representantes de las repúblicas, reinos e imperios a tratar y discutir sobre los altos intereses de la paz y de la guerra, con las naciones de las otras tres partes del mundo.» (Bolívar 1967: 47).

    El pensamiento de Bolívar para con el Istmo de Panamá, plasmado en su Carta de Jamaica en 1815 y dirigida a un caballero inglés en Kingston, Jamaica, estaba colocado en la importancia geopolítica de la posición geográfica del istmo de Panamá. Le describe con entusiasmo, como punto céntrico para todos los extremos de América; asegura que el istmo será el emporio del universo gracias a sus privilegiadas comunicaciones interoceánicas, incluyendo futuros canales; que el Istmo de Panamá estrecharía los lazos comerciales entre Europa, en continente americano y Asia; y llega hasta hacerle la capital de la tierra; pensamiento que refuerza al equiparar al Istmo de Panamá con el Istmo de Corinto y que Panamá era la sede futura de un congreso mundial de repúblicas, reinos e imperios.

    Recorriendo documentos relacionados con la fecha en internet, di con la transcripción de la carta que Simón Bolívar El Libertador dirigió al General José de Fábrega el día 1º de febrero de 1822, en ocasión de la independencia de Panamá de España. La carta al General Fábrega, en aquel entonces aún coronel, se produjo siete años después que la Carta de Jamaica; siete años durante los cuales la idea del congreso de naciones permaneció madurando en la mente de El Libertador.

    Me permito transcribir la carta, a continuación. La negrillas fueron añadidas por mí, para resaltar aquellos términos que muestran el interés especial de Bolívar en el caso panameño.

    Cuartel General de Popayán, 1° de febrero de 1822-12°

    AL SEÑOR CORONEL JOSE DE FABREGA,
    GOBERNADOR COMANDANTE GENERAL
    DE LA PROVINCIA DE PANAMA.

    Señor Coronel:

    Sin haber tenido la satisfacción de recibir el despacho que V. S. ha tenido la bondad de dirigirme, me apresuro a congratular a esa ilustre provincia que V. S. tiene la gloria de presidir. No me es posible expresar el sentimiento de gozo y admiración que he experimentado al saber que Panamá, el centro del Universo, es regenerado por sí misma, y libre por su propia virtud. La Acta de Independencia de Panamá, es el monumento más glorioso que puede ofrecer a la historia ninguna provincia americana. Todo está allí consultado, justicia, generosidad, política e interés general.

    Trasmita V. S. a esos beneméritos colombianos, el tributo de mi entusiasmo por su acendrado patriotismo y verdadero desprendimiento. Sin duda una parte del ejército de Colombia, a las órdenes del señor coronel Carreño, debe haber asegurado ya la suerte de ese precioso emporio del comercio y de las relaciones del mundo. Además he ordenado que otro cuerpo de 1.000 hombres más, siga a reemplazar esas mismas tropas que ahora pido a su comandante para que vengan a cooperar a la libertad de Quito. V. E. pues hará sus mayores esfuerzos para que estas órdenes tengan el efecto más completo. Me lisonjeo que V. S. prestará todos los auxilios que estén a su alcance para que dichas tropas puedan inmediatamente salir con todos los elementos necesarios para su marcha y operaciones debiéndose embarcar para la costa de Esmeraldas o Guayaquil a las órdenes del jefe que señale el señor coronel Carreño: y embarcándose en los trasportes y buques de guerra que se puedan conseguir en los puertos del Istmo accidentalmente o en los que expresamente sean mandados para ese objeto desde Guayaquil. V. S., señor coronel, está nombrado por mí como gobernador comandante general de la provincia de Panamá, y el señor coronel Carreño debe quedar mandando en ese departamento militar, como jefe superior político militar, encargado de las operaciones contra Veraguas, u otro cualquier punto que ocupen las armas españolas en las fronteras de Colombia. El señor coronel Carreño recibirá del departamento del Magdalena y de la capital de Bogotá cuantos auxilios necesite para defender la obra que tan noblemente V. S. ha empezado. Repito a V. S. las expresiones de verdadera gratitud, con que he aceptado en nombre de Colombia los servicios que V. S. y ese pueblo generoso le acaban de prestar para completar así, el ámbito que la Providencia y la naturaleza habían señalado a nuestra inmensa república. Dios guarde a V. S. muchos años.

    BOLÍVAR.

    Para Bolívar, Panamá era el centro del universo; probablemente, un universo geopolítico de grandes redes de comunicaciones. Cuatro años después, celebra en ella su anhelado congreso…. pero, ¿cuál era el estado de la ciudad de Panamá al celebrarse en ella el Congreso Anfictiónico de 1826?

    Una rápida mirada a dos referencias cartográficas puede mostrarnos el Panamá del Congreso Anfictiónico de 1826: el mapa de Panamá en 1814, y el mapa de Panamá en 1850. Ambos mapas muestran una ciudad en ruinas, con más del 30% de su área edificable marcada como baldía, en ruinas, o cubierta de maleza en 1850, en mejores condiciones que en 1814.

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    Figura 1. Plano de la Plaza de Panamá, en el Mapa corográfico del Nuevo Reino de Granada, de Vicente Talledo y Rivera, 1814 (Tejeira 2009: 40)

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    Figura 2. Mapa de Panamá en 1859, por H. Tiedemann (Spadafora 2001: 37).

    Observaciones finales

    La ciudad de Panamá distaba de ser una urbe opulenta en 1826, hallándose en un lento periodo económico y con un aspecto poco atractivo. A pesar de ello, Simón Bolívar El Libertador estaba convencido de la importancia geopolítica de la posición geográfica del Istmo de Panamá, como reflejan su Carta de Jamaica en 1815, y su carta al General José de Fábrega en 1822. Bolívar convocó a los reinos, repúblicas e imperios al Congreso Anfictiónico de Panamá en 1826. Independientemente de su resultado, el Congreso Anfictiónico de Panamá en 1826 marcó un hito en la historia mundial y es precursor de actuales ligas de naciones como lo son la Organización de las Naciones Unidas, y la Organización de Estados Americanos. Esto no se hubiera realizado si El Libertador no hubiera estado plenamente convencido de la importancia de Panamá como centro de comunicaciones, con grandes posibilidades de ubicar un canal interoceánico, y constituirse en un emporio comercial accesible a toda América, Europa y Asia. El mar era un elemento vital para la realización de este sueño, y Panamá con sus importantes conexiones portuarias, cumpliría una función extraordinaria para el progreso conjunto, «para nuestra inmensa república» (Bolívar 2013). La habitación donde se presume se celebró el Congreso Anfictiónico, identificada como el refectorio del convento de San Francisco, fue restaurado en la década de 2000. Este es el espacio que contuvo a la idea; su presencia con todas sus asociaciones ideológicas e interpretación de su entorno más amplio dan validez al criterio (vi) de valor universal excepcional, según la integridad de sus atributos.

    Como señalé en un escrito anterior, «Para mantener la vigencia del Criterio (vi) se debe tomar en consideración la preservación de los elementos que definen la posición estratégica de Ciudad de Panamá: su entorno marino, su acceso y comunicación con el mar (como ciudad marítima que ha sido desde 1519 y que mantuvo en su segunda etapa desde 1673), y su acceso y comunicación por tierra» (Osorio 2012: 22). Esto, debido a que la importancia geopolítica de la posición geográfica del Casco Antiguo de Panamá no puede entenderse sin el mar que le da acceso a su puerto y entorno, y que le rodea en la península donde está construido.

    Como última consideración, cito el Artículo 10º de la Ley No. 16 de 22 de mayo de 2007:

    “Las entidades del Estado garantizarán que los Conjuntos Monumentales de Panamá Viejo y del Casco Antiguo de la Ciudad de Panamá mantengan su vinculación histórica, su contacto visual y el acceso inmediato al Océano Pacífico y, por tanto, preservarán su entorno marítimo, el cual es parte del valor integral de ambos Conjuntos”.

    Saludos,

    Katti Osorio

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    Referencias

    Bolívar, Simón (2013) Carta dirigida al Señor Coronel José De Fabrega Gobernardor Comandante General de la Provincia de Panamá, Cuartel General de Popayán, 1° de febrero de 1822. Universidad de Los Andes, Venezuela.

    Bolívar, Simón (1967) Carta de Jamaica. Ediciones Casa de la Cultura. Gobierno del Estado de Miranda, Venezuela.

    Osorio, Katti (2012) Los Atributos del Valor Universal Excepcional de una propiedad considerada Patrimonio Mundial – El caso del Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá. Canto Rodado, 7 (7). pp. 1-27. ISSN 1818-2917 [Article]

    Tejeira Davis, Eduardo (2009) Panamá en 1814: los planos urbanos de Vicente Talledo y Rivera. Canto Rodado, 4 (4). pp. 37-74. ISSN 1818-2917 [Article]

    Spadafora, Vanessa; Tejeira Davis, Eduardo (2001) El Casco Antiguo de Panamá. 2 vols. Ciudad-City, Bilbao.

    Notas:

    (1) La propiedad, «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá» se inscribió como tal en la Lista del Patrimonio Mundial en dos etapas. En 1997, el Comité del Patrimonio Mundial inscribió la parte equivalente al Conjunto Monumental Histórico del Casco Antiguo de la Ciudad de Panamá delimitado mediante la Ley No. 91 de 22 de diciembre 1976, bajo el nombre «Historic District of Panama with the Salon Bolivar» (Distrito Histórico de Panamá con el Salón Bolívar). Posteriormente, sin modificar los límites del Distrito Histórico de Panamá que siguieron correspondiendo a aquellos de la Ley 91 de 22 de diciembre de 1976, se incorporó como extensión del Distrito Histórico al Sitio Arqueológico de Panamá Viejo, según sus límites en la misma Ley, y se modificó el nombre de la Propiedad a su nombre actual. Así se conformó la propiedad de patrimonio mundial, «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá.»

    Actualización del Sistema de Información de Estado de Conservación

    Cinta Costera 3 desde Paseo Gral. Esteban Huertas

    Cinta Costera 3 desde Paseo Gral. Esteban Huertas

    Esta semana, el Centro del Patrimonio Mundial ha actualizado nuevamente los datos de la propiedad panameña inscrita en la Lista del Patrimonio Mundial, «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá», para incluir todas las decisiones tomadas por el Comité del Patrimonio Mundial en torno a la delicada situación de dicha propiedad, con énfasis sobre el Casco Antiguo (Distrito Histórico) de la ciudad de Panamá.

    Hay dos decisiones:

    1. Decisión 37COM 7B.100
    Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá (Panama) (C 790bis)

    Esta decisión, a la que ya me he referido en otro artículo de este blog (haz click aquí para verlo), se refiere principalmente al impacto que el viaducto marino Cinta Costera 3 ha ejercido sobre el valor mundial como patrimonio cultural del Casco Antiguo de Panamá (su valor universal excepcional). Da un plazo a Panamá hasta el año post electoral panameño (específicamente, al 1 de febrero de 2015) para someter a consideración del Comité del Patrimonio Mundial una modificación importante a los límites de la propiedad «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá» que permitajustificar una revisión del Valor Universal Excepcional de la propiedad; esto sin olvidar que la Cinta Costera 3 modifica de una manera irreversible la relación del centro histórico con su entorno más amplio (Véanse puntos 5 y 6 de la Decisión 37 COM 7B.100). Aunque la propiedad incluye Panamá Viejo y el Casco Antiguo, es este último el que recibe el énfasis de la Decisión.

    Enlace a la página actualizada (en idioma inglés) en la web del Centro del Patrimonio Mundial, http://whc.unesco.org/en/decisions/5019.

    La Decisión 37 COM 7B.100 está listada en el Sistema de Información del Estado de Conservación (SOC) bajo los siguientes temas: Credibilidad de la Lista del Patrimonio Mundial, inscripciones en la Lista del Patrimonio Mundial, y Valor Universal Excepcional.

    El entorno más amplio al que la decisión se refiere incluye el mar y la red de relaciones entre éste, la ciudad portuaria Panamá, y sus conexiones terrestres, las cuales están descritas en la siguiente decisión.

    2. 37COM 8E

    Adopción de Declaraciones de Valor Universal Excepcional retrospectivas

    La Decisión 37 COM 8E adopta las Declaraciones de Valor Universal Excepcional Retrospectivas, incluyendo en su listado al «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá». El texto que esta decisión aprueba está en la página web del Centro del Patrimonio Mundial de UNESCO, en este enlace, bajo el título OUTSTANDING UNIVERSAL VALUE: http://whc.unesco.org/en/list/790/

    Me permito proveerles una traducción no oficial, aquí: Declaración de Valor Universal Excepcional Retrospectivo para Panamá Viejo y Casco Antiguo (Traducción NO OFICIAL). Ésta describe que la ciudad se fundó como consecuencia del descubrimiento del Mar del Sur; que fue un puesto de avanzada imperial de primera clase; que trasladada tras el incendio de 1671, fue edificada en una península; que dicha península se eligió porque podía ser fortificada para impedir el acceso enemigo por mar; que la ciudad creció en importancia por la ruta del oro imperial; que fue lugar estratégico dentro de la dinámica geopolítica en el apogeo del poder imperial español; incluyendo su importancia geopolítica reconocida por Simón Bolívar, y otros aspectos reveladores de la relación vital e insoslayable de la ciudad de Panamá con el mar.

    El puerto de gran calado de Panamá se hallaba en el fondeadero de la Isla Perico (una de las tres islas a la entrada del Canal de Panamá, donde los norteamericanos construyeron un causeway que las conecta a tierra para proteger la entrada del Canal de Panamá), y su interacción con la ciudad portuaria se efectuaba mediante botes y barcos de menor calado; la Real Audiencia y las Casas Reales (éstas donde hoy se encuentra la Presidencia de la República) estaban dentro del recinto amurallado de Panamá.

    Un preámbulo revelador a la Decisión 37 COM 7B.100 puede ser visto en el informe de Estado de Conservación preparado por el Centro del Patrimonio Mundial para consideración del Comité del Patrimonio Mundial en su Sesión 37 COM del año 2013 (Click aquí, en inglés; click aquí, en español) . En el cuarto párrafo bajo «Conclusiones», el informe reza lo siguiente:

    «El Centro del Patrimonio Mundial y los Organismos Asesores subrayan los impactos visuales negativos del Viaducto Marítimo que impactarán adversamente y transformarán el entorno del Centro Histórico. Ellos señalan además, que el Viaducto Marítimo es una estructura de forma muy definida (of a very strong shape) con un alto impacto visual el cual no se integra de manera armoniosa con el Distrito Histórico y establece un contraste indeseable en cuanto a su contexto marítimo. Consideran que la habilidad de la propiedad para comunicar su Valor Universal Excepcional, como un asentamiento fortificado en una Península y como un testimonio a la naturaleza de los asentamientos tempranos, con una traza y diseño urbano adaptado a un contexto particular, están siendo comprometidos adversamente. La traza y escala urbanas y la relación entre la ciudad y su entorno, atributos cruciales para la comprensión de la evolución de la propiedad, también serán impactados adversamente.»

    Les dejo una imagen de antes y después de la construcción del viaducto marítimo de la Cinta Costera 3, gracias a fotografías satelitales de Google Earth.

     

    Cinta Costera Phase 3 Maritime Viaduct

    Cinta Costera Phase 3 Maritime Viaduct

    Nota:

    Gracias a las políticas de transparencia de UNESCO y su Centro del Patrimonio Mundial, todos los documentos citados en este artículo del blog Patrimonio Panamá son información pública y de libre acceso para todos alrededor del mundo desde los sitios web de UNESCO, y mediante el Sistema de Informacion del Estado de Conservación (SOC), abierto al público desde 2012 (Pulse aquí para ver noticia relacionada: http://whc.unesco.org/en/news/962/).

    Panamá tiene Cinco Propiedades de Valor Universal Excepcional

    Patrimonio Mundial Panameño / Panamanian World Heritage

    Patrimonio Mundial Panameño / Panamanian World Heritage

    La República de Panamá tiene a la fecha, cinco propiedades consideradas de Valor Universal Excepcional; cinco patrimonios cuyo valor los elevó a figurar junto a patrimonios mundiales tan conocidos como las Pirámides de Egipto, el Partenón, las ruinas de Machu Pichu, la Muralla China, y muchos otros patrimonios amparados por la Convención del Patrimonio Mundial de UNESCO. Le pertenecen a toda la humanidad; son aportes panameños a la herencia cultural y natural del mundo entero.

    Panamá tiene muchos tesoros, pero estos en particular tienen una importancia excepcional a nivel mundial:

    1. Reservas de la Cordillera de Talamanca–La Amistad /Parque Nacional de la Amistad (inscrito en 1983);
    2. Parque Nacional de Coiba y su zona especial de protección marina (inscrito en 2005)
    3. Fortificaciones de la costa caribeña de Panamá: Portobelo y San Lorenzo (inscrito en 1980)
    4. Sitio arqueológico de Panamá Viejo y distrito histórico de Panamá (Casco Antiguo; 1997 y 2003)
    5. Parque Nacional del Darién (1981)

    Puedes ver su ubicación según la numeración del 1 al 5 de esta lista, en la figura que acompaña esta nota.

    La mayoría de las propiedades panameñas del patrimonio mundial son sitios naturales: El Parque Nacional La Amistad (contraparte del parque costarricense al otro lado de la frontera; la propiedad Reservas de la Cordillera de Talamanca–La Amistad /Parque Nacional de la Amistad, es una propiedad trasnacional que compartimos con Costa Rica), el Parque Nacional Coiba (antigua isla penal de Coiba), y el Parque Nacional Darién (parte del Tapón del Darién). Panamá posee dos propiedades culturales en la lista del Patrimonio Mundial: el Sitio arqueológico de Panamá Viejo y distrito histórico de Panamá (Casco Antiguo); y Fortificaciones de la costa caribeña de Panamá: Portobelo y San Lorenzo, actualmente en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro debido a su estado de deterioro y riesgo por diversos factores tanto naturales como por la acción del hombre.

    Publicación sobre el Valor Universal Excepcional de una propiedad panameña en la Lista del Patrimonio Mundial (ahora en inglés y español)

    Destacado

    o-o-o-ACTUALIZACIÓN, febrero 2014-o-o-o
    Amigos y amigas de Patrimonio Panamá, ya está disponible en ICOMOS Open Archive la versión en inglés de mi artículo, «Los Atributos del Valor Universal Excepcional de una propiedad considerada Patrimonio Mundial – El caso del Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá (enlace, aquí).» Igual que el original en español, está disponible para descarga gratuita, así como para consulta en línea. Gracias por su interés.

    Véase, Top Ten de Autores más descargados en ICOMOS Open Archive, Diciembre 2013 – Enero 2014
    o-o-o-Fin de actualización-o-o-o

    Quisiera compartir con todos ustedes un artículo mío titulado, «Los Atributos del Valor Universal Excepcional de una propiedad considerada Patrimonio Mundial – El caso del Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá.» Fue publicado en la edición No.7 de la revista panameña especializada en patrimonio, «Canto Rodado»; sus artículos son revisados por pares. La revista Canto Rodado es uno de los muchos logros del Patronato Panamá Viejo. Se publica una vez al año, a fin de dar a conocer importantes investigaciones sobre el sitio arqueológico de Panamá Viejo, y el patrimonio histórico en general.

    Este es el abstracto de mi artículo:

    «Todas las propiedades inscritas en la Lista del Patrimonio Mundial poseen Valor Universal Excepcional y constituyen piezas irreemplazables del legado cultural y natural de la humanidad. El Valor Universal Excepcional puede apreciarse mediante la justificación de los criterios de valor universal excepcional que el bien asegura poseer. Estos criterios contienen los atributos de valor universal excepcional, cuya pérdida definitiva supone la salida de la Lista del Patrimonio Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO, por sus siglas en inglés). Aunque la Declaración de Valor Universal Excepcional solo es parte de los formularios de propuesta de inscripción desde el año 2005, cada nominación está basada en la justificación de los criterios del valor universal excepcional desde el principio. La propiedad del Patrimonio Mundial, Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá fue inscrita en el año 1997 y extendida en el 2003. Este escrito analiza y delinea los atributos del valor universal excepcional de la propiedad según la documentación relativa a la misma, disponible en el Centro del Patrimonio Mundial de UNESCO.»

    Próximamente, la revista Canto Rodado No.7 estará disponible en el portal Dialnet de la Universidad de La Rioja (http://dialnet.unirioja.es/servlet/revista?codigo=16122). Ya está disponible en el Sistema Nacional de Bibliotecas. Les hago llegar mi PDF de autor desde el Archivo Abierto del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS Open Archive) en el enlace siguiente: http://openarchive.icomos.org/1373/

    Como mencioné anteriormente en este blog, durante la Sesión 37ma del Comité del Patrimonio Mundial fue aprobada mediante la Decisión 37 COM 8E, la Declaración Retrospectiva de Valor Universal Excepcional para el Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá (disponible en inglés aquí, páginas 2 y 4). Los criterios de valor universal excepcional en su nueva redacción sintáctica, retienen su significado y atributos. Aquí tienen una traducción NO OFICIAL: http://patrimoniopanama.com/?p=337

    En mi artículo, analicé cada justificación de los criterios de valor universal excepcional en los cuales Panamá sustentó su solicitud de inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial de UNESCO, tanto para el Casco Antiguo de Panamá en 1997 (Distrito Histórico), como para el Sitio Arqueológico de Panamá Viejo en 2003. Consideré en mi análisis a la base conceptual de los criterios justificados, e identifiqué los atributos de valor universal excepcional descritos en la justificación panameña. A través del análisis de los criterios, la importancia de la relación entre la ciudad de Panamá (en el Casco Antiguo y en Panamá Viejo) y el mar para el sustento de sus atributos se hizo patente.

    Sin más, los invito a leer mi artículo. La cita abajo, contiene el enlace directo al archivo descargable en PDF de mi artículo, disponible en ICOMOS Open Archive:

    Osorio, Katti (2012) Los Atributos del Valor Universal Excepcional de una propiedad considerada Patrimonio Mundial – El caso del Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá. Canto Rodado, 7 (7). pp. 1-27. ISSN 1818-2917 [Article]

    Elaboré la siguiente figura sobre una imagen de Google Maps, utilizando únicamente los límites y zona de amortiguamiento registrados ante el Comité del Patrimonio Mundial de UNESCO (los límites nacionales del Casco Antiguo son más amplios). Como pueden ver, solamente Panamá Viejo posee una zona de amortiguamiento ante UNESCO. Marqué ambos componentes de la única «propiedad» en color rojo, para que se vea claramente que los límites de ambos en conjunto son los límites de la propiedad:

     

    Una sola propiedad: Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá (790bis) (Panamá)

    Una sola propiedad: Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá (790bis) (Panamá)

    Debido al impacto de la Cinta Costera 3 (marcada en amarillo), según la Decisión 37 COM 7B.100 (véase entrada del blog http://patrimoniopanama.com/?p=271) «modifica de una manera irreversible la relación del centro histórico con su entorno más amplio», y «Solicita al Estado Parte someter hasta el 1 de febrero de 2015 una modificación importante a los límites para que permita justificar una revisión del Valor Universal Excepcional de la propiedad.» Pues, una modificación importante de límites representa un cambio considerable, que amerita la necesidad de volver a justificar que la propiedad posee Valor Universal Excepcional, como si de una nueva nominación se tratara. Finaliza la Decisión, «en ausencia de la implementación de la solicitud hecha en esta decisión, la propiedad sería borrada de la Lista del Patrimonio Mundial en su 39na sesión en 2015, de conformidad con el Capítulo IV.C de las Directrices Prácticas.»

    Recomiendo la lectura de la Decisión 37 COM 7B.100 completa.

    ____

    Referencias (Figura)

    Límites de la Zona de Amortiguamiento del Sitio Arqueológico de Panamá Viejo: http://whc.unesco.org/en/list/790/multiple=1&unique_number=934

    Nota:

    Gracias a las políticas de transparencia de UNESCO y su Centro del Patrimonio Mundial, todos los documentos citados en este artículo del blog Patrimonio Panamá son información pública y de libre acceso para todos alrededor del mundo desde los sitios web de UNESCO, y mediante el Sistema de Información del Estado de Conservación (SOC), abierto al público desde 2012 (Pulse aquí para ver noticia relacionada: http://whc.unesco.org/en/news/962/).

     

    Declaración de Valor Universal Excepcional Retrospectivo para Panamá Viejo y Casco Antiguo (Traducción NO OFICIAL)

    Para facilitar la comprensión del texto la Declaración de Valor Universal Excepcional Retrospectivo aprobado por el Comité del Patrimonio Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) para la propiedad panameña inscrita en la Lista del Patrimonio Mundial bajo el número 790bis, «Sitio Arqueológico de Panama Viejo y Distrito Histórico de Panamá» (el nombre Distrito Histórico se refiere al Casco Antiguo de la Ciudad de Panamá), aqui les proveo de una traducción NO OFICIAL.

    El texto original en idioma inglés, es de libre acceso público y puede ser consultado tanto en el Sistema de Información de Estado de Conservación del Centro del Patrimonio Mundial de UNESCO (http://whc.unesco.org/en/decisions/4964), y también disponible en el enlace directo al Documento WHC’13/37.COM/8E.ADD (páginas 2 a 4)

     

    Propiedad/ Bien

    Sitio Arqueológico de Panama Viejo y Distrito Histórico de Panamá

    Estado Parte / Etat partie

    Panamá

    Identificación. N°/ Id. N°

    790a

    Fecha de inscripción / Registrado

    1997 – 2003

    Sintesis breve

    La Ciudad de Panamá, el asentamiento europeo ocupado continuamente más antiguo en la costa del Pacífico de América, fue fundada en 1519, como consecuencia del descubrimiento por los españoles del Mar del Sur en 1513. Los restos arqueológicos del asentamiento original (conocido hoy como el Sitio Arqueológico de Panamá Viejo) son los vestigios precolombinos de la ocupación aborigen Cueva del mismo nombre, y en la actualidad abarcan un monumento protegido que comprende 32 hectáreas. El asentamiento fue un puesto de avanzada colonial de primera clase, y asiento de una Corte Real de Justicia (Real Audiencia) durante los siglos XVI y XVII, cuando Panamá consolido su posición como un centro de actividad intercontinental. Su crecimiento en importancia, ya que se beneficio de la ruta del oro imperial, se refleja en la imponente arquitectura de piedra de sus edificios públicos y religiosos.

    Durante sus 152 años de existencia, la ciudad se vio afectada por la rebelión de los esclavos, incendios y un terremoto, pero fue destruida a raíz de un ataque pirata devastador en 1671. Ya que se mudó y nunca fue reconstruida, Panamá Viejo conserva su trazado original, un trazado ortogonal un poco irregular y bastante rudimentario, con manzanas de diferentes tamaños. Hay evidencia arqueológica del trazado original de las calles y la ubicación de las estructuras domesticas, religiosas y civiles. El sitio es un testimonio excepcional del urbanismo colonial, las ruinas de su catedral, conventos y edificios públicos exhiben características tecnológicas y estilísticas únicas de su contexto temporal y cultural. También ofrece información valiosa sobre una variedad de aspectos de la vida social, la economía, las comunicaciones y la vulnerabilidad de un lugar estratégico dentro de la dinámica geopolítica en el apogeo del poder imperial español.

    En 1673 la ciudad fue trasladada unos 7,5 km al sureste, a una pequeña península, a los pies del Cerro Ancón, mas cerca de las islas que se utilizaron como puerto y cerca de la desembocadura de un río que con el tiempo se convirtió en la entrada del Canal de Panamá. La ciudad trasladada, conocida hoy como el Casco Antiguo o el Distrito Histórico de Panamá, no solo tenia un mejor acceso a agua fresca, sino que podía ser fortificada. Los ingenieros militares, por otra parte, se aprovecharon de las condiciones morfológicas que complementaron a la muralla que rodea la península, todo lo cual impidió acceso naval directo por el enemigo. El área dentro de las murallas tenia un trazado ortogonal, con una plaza central y calles de diferente anchura; fuera de las murallas, el barrio de Santa Ana tenia una traza irregular. Hay una plaza principal, ubicada en el centro (que fue ampliada en el siglo XIX) y varias plazas post-coloniales mas pequeñas en la periferia. La mayor parte de las murallas hacia el mar de las fortificaciones coloniales y partes de los baluartes hacia tierra y un foso, perduran. Varios edificios dentro del Distrito están identificadas como importantes para el patrimonio del siglo XVII al siglo XX en el país. Las mas destacadas son las iglesias, sobre todo la catedral con sus cinco naves laterales y el techo de madera, San Felipe Neri, San José, San Francisco y especialmente La Merced, con su techo colonial de madera bien conservado. El Palacio Presidencial, construido originalmente en el siglo XVII y parcialmente reconstruido en los siglos XVIII, XIX y XX, es un ejemplo revelador de las transformaciones que caracterizan el distrito histórico en su conjunto. La Casa de la Municipalidad, el edificio del Museo del Canal (originalmente el Grand Hotel), el Teatro Nacional, el Ministerio de Gobierno y Justicia y el Palacio Municipal son edificios excepcionales de un periodo mas reciente. Hay varios ejemplos excepcionales de la arquitectura domestica de la época colonial, sobre todo la Casa Góngora de mediados del siglo XVIII, asi como varios cientos de casas de mediados del siglo XIX a principios del siglo XX que ilustran la transformación de los conceptos de habitación de la época colonial hasta tiempos modernos. Estos incluyen no solo las casas de la clase alta de todo el periodo, sino también edificios de apartamentos de 2 a 5 plantas y edificios de inquilinato de madera de principios del siglo XX, construidos para satisfacer las necesidades de una sociedad urbana mas estratificada.

    Particularmente relevante es el Salón Bolívar, inicialmente la Sala Capitular del convento de San Francisco, que es la única parte superviviente del complejo del siglo XVII y XVIII. El Salón Bolívar tiene una importancia histórica especial como el sitio del visionario, pero fallido intento de Simón Bolívar en 1826 para establecer el que hubiera sido el primer congreso multinacional y continental del mundo.

    El aspecto actual del distrito histórico se caracteriza por una combinación única de arquitectura del siglo XIX y principios del siglo XX inspirado en estilos colonial tardío, caribeño, de la Costa del Golfo, francés y ecléctico (principalmente NeoRenacentista). En los siglos XIX y XX, los estilos de edificación han evolucionado significativamente, pero los principios espaciales se conservaron fundamentalmente. La traza urbana del Distrito Histórico, una red compleja de calles y manzanas de diferente anchura y tamaño y fortificaciones inspirados en los tratados del Renacimiento tardío, es un ejemplo excepcional y probablemente único la planificación urbana colonial del siglo XVII en América. Estas cualidades especiales que la diferencian de la propiedad de otras ciudades coloniales de América Latina y el Caribe, resultaron de la construcción, primero de un ferrocarril (1850-1855) y luego un canal (1880-1914), que vincularon los océanos Atlántico y Pacífico. La construcción del canal, un hito en la historia de América y del mundo, tuvo un efecto tangible en el desarrollo del Distrito Histórico y su entorno.

    Criterio (ii)

    Panamá Viejo es un testimonio excepcional de la planificación urbana de su época y cultura. Representa un importante intercambio de valores humanos, ya que tuvo una gran influencia en la desarrollos posteriores en la planificación urbana colonial española, incluso en zonas muy distintas en clima y entorno. La traza urbana del Distrito Histórico refleja la persistencia y el intercambio de valores humanos, los cuales han estado orientados hacia las comunicaciones interoceánicas e intercontinentales por varios siglos en este lugar estratégico en el Istmo Centroamericano.

    Criterio (iv)

    Tanto en Panamá Viejo como en el Distrito Histórico (Casco Antiguo), los tipos de casas e iglesias desde el siglo XVI hasta el siglo XVIII, representan una etapa significativa en el desarrollo de la sociedad colonial española en su conjunto. Panamá Viejo es un ejemplo excepcional de la tecnología de construcción y la arquitectura de la época. En el Distrito Histórico, las casas multifamiliares de los siglos XIX y XX que sobreviven (permanecen) son ejemplos originales de como la sociedad reacciono a las nuevas necesidades, a los avances tecnológicos e influencias provocadas por la sociedad post-colonial y la construcción del Canal de Panamá.

    Criterio (vi)

    Las ruinas de Panamá Viejo están íntimamente relacionadas con el descubrimiento europeo del Océano Pacifico, la historia de la expansión española en el istmo de América Central y en Sudamérica andina, la diáspora africana, la historia de la piratería y la Guerra de Sucesión Española, la ruta del oro hacia Europa, la difusión de la cultura europea en la región y la red comercial entre América y Europa. El Salón Bolívar esta asociado con el intento visionario de Simón Bolívar en 1826 para establecer un congreso multinacional en América, que antecede a la Organización de los Estados Americanos y las Naciones Unidas.

    Declaración de Autenticidad

    Las condiciones de autenticidad de ambos componentes de la Propiedad «el Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá»se han mantenido. Tras su abandono, el área central de Panamá Viejo nunca fue reconstruida y conserva el trazado original de sus calles. No se han realizado reconstrucciones de los restos arqueológicos y todo trabajo de conservación y de intervención entre las ruinas se ha realizado de conformidad con las normas internacionales. Dentro de los limites del área de patrimonio protegido hay algunas estructuras modernas, pero estas están claramente identificadas y diferenciadas de los restos arqueológicos.

    La traza urbana del Distrito Histórico de la Ciudad de Panamá puede considerarse totalmente autentica, conservando su forma original sin cambios en su mayor parte. El grupo de edificios desarrollados de manera orgánica desde el siglo XVIII siglo XX han cambiado poco con el tiempo. La mayor parte de la fabrica de los edificios y fortificaciones, así como los espacios públicos, es original. Hay evidencia de que piedra labrada y otros materiales de construcción fueron extraídos y reciclados de las ruinas del sitio arqueológico de Panamá Viejo para ayudar a reedificar en el asentamiento trasladado, y para la construcción de edificios y fortificaciones del Distrito Histórico, proporcionando así una medida de la continuidad material entre los dos componentes de la Propiedad. En algunos casos bien documentados, como el de La Merced, fachadas enteras de iglesias fueron reconstruidas en el nuevo sitio.

    La propiedad ha mantenido el trazado de sus calles, volumetría estructural y la escala urbana. Muchas calles conservan el pavimento de ladrillo característico de los primeros anos del siglo XX. Aunque un cierto nivel de gentrificación ha tenido lugar, el uso tradicional se ha conservado en gran medida, con una mezcla de actividades residenciales, comerciales, institucionales y religiosas que coexisten con los usos no tradicionales de recreación y turismo. Ya que la habilitación moderna de los espacios interiores de los edificios puede potencialmente poner en riesgo la esencia del lugar mediante la sustitución de los sistemas estructurales tradicionales con materiales estructurales modernos, es necesario aplicar directrices claras en la implementación de proyectos de restauración y rehabilitación para edificios históricos.

    Declaración de Integridad

    Ambos componentes de la Propiedad cumplen las condiciones de integridad. Como un Sitio Arqueológico Precolombino e Histórico con ambos ruinas históricas y contextos estratificados, Panamá Viejo incluye todos los elementos necesarios para transmitir el Valor Universal Excepcional por el cual el que este componente fue incluido como una extensión de la inscripción original del Distrito Histórico y el Salón Bolívar. El tamaño de la zona protegida es consistente con la distribución de los atributos físicos pertinentes, constituyendo un conjunto coherente y claramente definido. En 2012, la Vía Cincuentenario fue trasladada desde la zona central del sitio, generando un nuevo borde que va a contener el crecimiento de las comunidades vecinas. Con la implementación de las normas de zonificación (Ministerio de Vivienda Zonificación Reglamento de 2006) y una ley nacional (2007), una zona de amortiguamiento marítimo y terrestre que regula el desarrollo de las comunidades vecinas y la linea costera se ha establecido para el control de la erosión de sus bordes.

    El distrito histórico mantiene, dentro de sus limites y de aquellos de la zona adyacente a protegida a nivel local, una representación suficiente de todos los atributos que transmiten valor universal excepcional, particularmente la traza urbana, la dimensión y distribución de lotes de terreno, las fortificaciones coloniales restantes y edificios no residenciales de valor monumental. Una gran variedad de tipologías de construcción residencial también esta presente. En casi todos los casos, la volumetría, el ritmo de aperturas de fachadas y balcones largos, abiertos han resistido el gran numero de intervenciones arquitectónicas que se han tenido lugar desde la inscripción en 1997, la mayoría de los cuales se han adaptado las distribuciones interiores de las casas y espacios abiertos dentro de los lotes a requisitos actuales de privacidad y seguridad.

    El desarrollo y significativos retos de conservación son el aspecto mas critico que amenaza la integridad del Distrito Histórico. Para hacer frente a las amenazas, el marco legislativo y reglamentario debe ser cumplido e intervenciones integrales, implementadas para revertir la falta de mantenimiento de los edificios históricos.

    Requisitos para la protección y gestión

    La propiedad goza de diversas medidas legislativas y reglamentarias para garantizar su protección y conservación. La delimitación original y normas de conservación de las áreas de protección del patrimonio se remontan a 1976 (Ley 91/1976). Esta ley reconoce y define legalmente la cultura y el patrimonio nacional. Se complementa con la Ley del Patrimonio Nacional de 1982 (Ley 14/1982), que creo la Dirección Nacional de Patrimonio (Histórico), como parte del Instituto Nacional de Cultura y se convirtió en la entidad estatal encargada de la protección y la gestión de Panamá Viejo y el Distrito Histórico. Una Comisión Consultiva también fue creada por esta ley. La Ley de Patrimonio establece sanciones administrativas para la destrucción de los bienes patrimoniales; las multas se quintuplicaron por medio de una ley de 2003 (Ley 58/2003). Por otra parte, el Código Penal fue modificado en 2007 para incluir sanciones de cárcel para la destrucción criminal de los bienes del patrimonio (Ley 14/2007).

    Cada componente de la propiedad ha sido provista de un marco de gestión en respuesta a sus particularidades dentro de la dinámica urbana de la ciudad de Panamá y de las realidades administrativas de un Estado centralizado. Mientras que Panamá Viejo es un parque arqueológico de tierras publicas deshabitadas, rodeado de asentamientos no regulados de la clase obrera, el distrito histórico es un centro urbano vivo con una mezcla de funciones residenciales e institucionales que presentan desafíos sociales y de la conservación asociados a los procesos de reocupación y uso de propiedad privada y publica.

    La función de administración del Instituto Nacional de Cultura sobre los sitios históricos protegidos ha sido complementada y reforzada por la filantropía del sector privado y de los recursos técnicos y administrativos de otras instituciones del Estado. En el caso de Panamá Viejo, el Patronato Panamá Viejo, una organización sin animo de lucro, publica-privada mixta con un mandato legal para administrar los subsidios del gobierno central y levantar sus propios fondos, apoya el mantenimiento del sitio, la conservación arquitectónica y proyectos de investigación.

    En el caso del distrito histórico de Panamá, una ley de 1997 (Decreto-Ley 9/1997) establece directrices especificas para las intervenciones arquitectónicas y la protección ampliada a un área adyacente. Asimismo, proveyó una serie de incentivos fiscales para proyectos de restauración y reforzó el papel de la Comisión Asesora para que el proceso de aprobación de los proyectos patrimoniales sea mas eficiente y transparente. Se aprobaron regulaciones mas detalladas (Decreto Ejecutivo 51/2004), con orientaciones que incluyen zonificación y aspectos de infraestructura, así como se proporciono un manual de conservación, con recomendaciones especificas para las intervenciones arquitectónicas y construcciones nuevas. Las funciones de protección y de gestión del Instituto Nacional de Cultura se complementaron con la creación de un nuevo organismo publico interinstitucional: la Oficina del Casco Antiguo (OCA), que elaboró un Plan Maestro y asumió el papel de la coordinación interinstitucional. Una zona de amortiguamiento se estableció alrededor de la península donde se encuentra el distrito histórico. Permisos de construcción y ocupación y los impuestos correspondientes siguen siendo la responsabilidad de las autoridades municipales electas, sin embargo, la aprobación de los planos arquitectónico y documentos para proyectos localizados en el Distrito Histórico siguen siendo responsabilidad exclusiva de la Dirección del Patrimonio Nacional. La formulación, aplicación y revisión periódica de un Plan de Gestión del Patrimonio integral se requiere para asegurar que la conservación y la gestión de los dos componentes se produzca dentro de un esquema coordinado.

    ———Fin de la Traducción NO OFICIAL———

    La siguiente figura, elaborada sobre un mapa de Google Maps por la autora de este blog, muestra la propiedad «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá», donde el Casco Antiguo es el Distrito Histórico. Aunque ambos componentes estén separados aproximadamente ocho kilómetros, constituyen una sola propiedad.

    Una sola propiedad: Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá (790bis) (Panamá)

    Una sola propiedad: Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá (790bis) (Panamá)

    Nota:

    Gracias a las políticas de transparencia de UNESCO y su Centro del Patrimonio Mundial, todos los documentos citados en este artículo del blog Patrimonio Panamá son información pública y de libre acceso para todos alrededor del mundo desde los sitios web de UNESCO, y mediante el Sistema de Informacion del Estado de Conservación (SOC), abierto al público desde 2012 (Pulse aquí para ver noticia relacionada: http://whc.unesco.org/en/news/962/).

    Decisión 37 COM 7B.100, del Comité del Patrimonio Mundial de UNESCO para el Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá, en 2013

    La 37ma Sesión del Comité del Patrimonio Mundial de UNESCO (37 COM) finalizó el día 27 de junio de 2013. El día de hoy, el Centro del Patrimonio Mundial hizo público el documento WHC-13/37.COM/20 fechado el 5 de julio de 2013, que contiene todas las decisiones aprobadas por el Comité en la Sesión 37 COM.

    La decisión que concierne al Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá se encuentra en la página 146 del documento WHC-13/37.COM/20, en idioma inglés. El documento también se encuentra disponible en francés, y ambos son versiones originales.

    A continuación, una traducción NO OFICIAL del texto de la Decisión 37 COM 7B.100:

    100. Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá (Panamá) (C 790bis)

    Decisión: 37 COM 7B.100
    El Comité del Patrimonio Mundial,

    1. Habiendo examinado el Documento WHC-37/37.COM/7B.Add,
    2. Recordando las Decisiones 33 COM 7B.141, 34 COM 7B.113, 35 COM 7B.130, 36 COM 7B.103, adoptadas en su 33ra (Sevilla, 2009), 34ta (Brasilia, 2010), 35ta (UNESCO, 2011) y 36ta (San Petersburgo, 2012) sesiones, respectivamente, y su preocupación de que la construcción de la Cinta Costera Fase 3 (Viaducto Marítimo) impactaría irreversiblemente sobre la propiedad,
    3. Recordando también los informes de estado de conservación y misiones de monitoreo reactivo de marzo 2009, marzo 2010 y octubre 2010 que subrayaron los impactos del proyecto Cinta Costera, en particular del Viaducto Marítimo, y el estado pobre de conservación de la propiedad;
    4. Toma nota del progreso en desarrollar un Plan de Gestión, en cuanto a cuantificar el número de edificios en riesgo y con trabajos sobre las fachadas urbanas, y soterramiento de redes, y reitera su profunda preocupación acerca del estado global de conservación de la propiedad, y lamenta que no se ha hecho progreso suficiente en atender los problemas de forma global y sostenible, o en implementar el Plan de Acción de emergencia acordado en 2009;
    5. También lamenta que el Estado Parte decidió poner en marcha la construcción de la Cinta Costera Fase 3 (Viaducto Marítimo) que modifica de una manera irreversible la relación del centro histórico con su entorno más amplio;
    6. Solicita al Estado Parte someter hasta el 1 de febrero de 2015 una modificación importante a los límites para que permita justificar una revisión del Valor Universal Excepcional de la propiedad;
    7. También solicita al Estado Parte invitar tan pronto como sea posible una Misión de Monitoreo Reactivo de alto nivel del Centro de Patrimonio Mundial/ ICOMOS, liderada por el Centro del Patrimonio Mundial, para discutir las diferentes posibilidades de esta modificación;
    8. Considera que en ausencia de la implementación de la solicitud hecha en esta decisión, la propiedad sería borrada de la Lista del Patrimonio Mundial en su 39na sesión en 2015, de conformidad con el Capítulo IV.C de las Directrices Prácticas.

    -Fin de la traducción NO OFICIAL de la Decisión 37 COM 7B.100. El texto subrayado y el texto en negrilla corresponden con texto subrayado y texto en negrilla en el original en inglés, el cual se encuentra disponible en, http://whc.unesco.org/document/123631 página 146 y página 147.

    El procedimiento para una «modificación importante de límites» está contemplado en las Directrices Prácticas para la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial; esto es, el «manual» de la Convención del Patrimonio Mundial. Dicho procedimiento supone presentar la propuesta (de cambio de límites) como si de una nueva candidatura para ingresar a la Lista del Patrimonio Mundial se tratara, reuniendo todas las condiciones necesarias. Como vemos en la Decisión, no hay señalado deterioro en el Sitio Arqueológico de Panamá Viejo que amerite su disminución, sino en el Distrito Histórico (Casco Antiguo).

    Tomemos en cuenta que los límites de la propiedad comprenden los límites del Casco Antiguo de Panamá (delimitación por la Ley 91 de 1976, desde el mar hasta la calle 12 Oeste, en líneas generales) y los límites del Sitio Arqueológico de Panamá Viejo (delimitación de la Ley 16 de 2007). Los límites de ambos componentes Casco Antiguo y Panamá Viejo en conjunto, constituyen una sola propiedad.

    Para ingresar a la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro, es necesario que la propiedad en riesgo ya se encuentre en la Lista del Patrimonio Mundial, y que las características que determinaron su inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial no se hayan deteriorado al punto de perderse irremediablemente (Directrices Prácticas, sección IV.C).

    La aseveración en el párrafo 5 de la Decisión 37 COM 7B.100, «Cinta Costera Fase 3 (Viaducto Marítimo) que modifica de una manera irreversible la relación del centro histórico con su entorno más amplio» causa gran preocupación al incluir la palabra «irreversible», que resalta la fuerza del contenido, a la vez que el párrafo 8 subraya que de no cumplirse los requisitos plasmados en la decisión, la propiedad sería borrada de la Lista del Patrimonio Mundial, sin la opción de pasar a la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro.

    Para mayor información, ver las entradas:

    ____

    Nota:

    Gracias a las políticas de transparencia de UNESCO y su Centro del Patrimonio Mundial, todos los documentos citados en este artículo del blog Patrimonio Panamá son información pública y de libre acceso para todos alrededor del mundo desde los sitios web de UNESCO, y mediante el Sistema de Información del Estado de Conservación (SOC), abierto al público desde 2012 (Pulse aquí para ver noticia relacionada: http://whc.unesco.org/en/news/962/).

    El Estado de Conservación del Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá en 2013 (traducción no oficial)

    Para facilitar la comprensión del texto del Estado de Conservación preparado por el Centro de Patrimonio Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) para la propiedad panameña inscrita en la Lista del Patrimonio Mundial bajo el número 790bis, «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá» (el nombre Distrito Histórico se refiere al Casco Antiguo de la Ciudad de Panamá), aquí les proveo de una traducción NO OFICIAL.

    El texto original en idioma inglés puede ser consultado tanto en el Sistema de Información de Estado de Conservación del Centro del Patrimonio Mundial de UNESCO (http://whc.unesco.org/en/soc/1975), y también disponible en, http://whc.unesco.org/en/documents/123027 (páginas 184 a 190)

    ————–

    Traducción no oficial.

    100. Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá (Panamá)

    (C 790bis)

    Año de inscripción en la Lista de Patrimonio de la Humanidad
    1997, extensión en el 2003
    Criterios
    (ii) (iv) (vi)
    Año(s) de inscripción en la Lista de Patrimonio de la Humanidad en Peligro
    N/A
    Decisiones Previas del Comité
    Ver: http://whc.unesco.org/en/lis/790/documents/Asistencia Internacional
    N/A
    Fondos Extrapresupuestarios UNESCO
    N/A
    Misiones previas de monitoreo

    Misiones Previas de Monitoreo

    Marzo 2009: Misión conjunta de monitoreo reactivo del Centro de Patrimonio Mundial / ICOMOS

    Marzo 2010: Con motivo de la misión conjunta de monitoreo reactivo del Centro de Patrimonio Mundial/ ICOMOS a Portobelo y San Lorenzo, se realizó una visita técnica al Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y el Distrito Histórico, conforme a lo solicitado por las autoridades de Panamá.

    Octubre 2010: Misión conjunta de monitoreo reactivo del Centro de Patrimonio Mundial con ICOMOS.

    Factores que afectan a la propiedad identificada en informes anteriores

    a) El grave deterioro de los edificios históricos que amenaza el Valor Universal Excepcional del bien;
    b) Los conflictos de intereses de los diferentes grupos de interés en relación con el uso, manejo y conservación del centro histórico;
    c) Capacidad limitada para la rehabilitación y mantenimiento de edificios históricos;
    d) Las deficiencias en la aplicación del marco legislativo para la protección;
    e) La falta de implementación de políticas claras de gestión y conservacióno de la propiedad;
    f) La demolición de conjuntos urbanos y de edificios;
    g) El desplazamiento forzoso de los ocupantes y precaristas;
    h) Proyectos de desarrollo urbano dentro del área protegida (es decir, Cinta Costera).
    Material ilustrativo
    Consulte la página http://whc.unesco.org/en/list/790
    y http://whc.unesco.org/en/soc

    Problemas de conservación actuales

    El Estado Parte presentó un informe sobre el estado de conservación de la propiedad el 31 de enero de 2013, más información complementaria se presentó el 12 de febrero de 2013. Más información detallada sobre el proyecto Cinta Costera III, incluida la información sobre el impacto del proyecto y en el transporte urbano y la estrategia de movilidad para el Distrito Histórico de Panamá ya había sido presentada por el Estado Parte el 21 de septiembre y el 9 de noviembre de 2012. El 14 de marzo de 2013, el Estado Parte hizo una presentación en el Centro del Patrimonio Mundial sobre los avances en la formulación del plan de gestión conjunto de dos bienes del Patrimonio Mundial en Panamá: Las Fortificaciones de la costa caribeña de Panamá, Portobelo y San Lorenzo, además del Distrito Histórico de Panamá y Sitio Arqueológico de Panamá Viejo.

    a) Zona de amortiguamiento y el inventario retrospectivo

    Una solicitud para modificaciones menores de los límites fue presentada por el Estado Parte el 29 de enero de 2013 e información adicional relacionada el 15 de febrero de 2013. El día 14 de marzo 2013 también fue presentado un mapa adicional. Sin embargo, la propuesta para modificaciones menores en los límites no cumple con los requerimientos de los Lineamientos Operativos, por lo tanto se ha solicitado al Estado Parte clarificación y la presentación de la información completa.

    b) Marco legislativo, sistema de gestión y políticas para la propiedad.

    La información presentada incluye un informe sobre el progreso con la elaboración e implementación del manual de normas y procedimientos para la restauración y rehabilitación para el Casco Antiguo de la Ciudad de Panamá, que fue aprobado en 2004. Dicho manual deja claro los requisitos básicos para la aprobación de planos y para la aprobación de permisos para construcción y de ocupación. No se ha presentado ninguna información precisa sobre la puesta en práctica de dichas herramientas.

    El estado parte proporcionó además información sobre la formulación del “Plan Panamá UNESCO de Gestión del Patrimonio” en una presentación que se hizo en la UNESCO el 14 de marzo 2013. La información proporcionada hace notar que se prepare un protocolo para la gestión de las dos propiedades de Patrimonio Mundial cultural en Panamá, en agosto 2012; dice que el protocolo suscrito por todos los actores principales garantiza un plan operativo. Una entidad coordinadora ha sido establecida y además una Comisión Nacional de Patrimonio Natural y Cultural que funcionará como un cuerpo de asesoría técnica. La Comisión integra varios ministerios y las entidades de gestión de Portobelo y San Lorenzo, así como de Panamá Viejo. El Decreto Presidencial para establecer dicha Comisión oficialmente está bajo revisión actualmente.

    El bosquejo del Plan de Gestión incluido en el informe presenta un listado de una serie de objetivos para la conservación y manejo de ambas propiedades culturales de Patrimonio Mundial. El Plan contiene información de los antecedentes, una evaluación de la situación actual y las estrategias y acciones propuestas para los distintos sectores, estructuradas bajo los siguientes encabezados: plan de conocimiento, plan de protección y conservación, planificación urbana, plan de espacio público y paisajismo, plan de desarrollo económico, plan de promoción cultural y plan de monitoreo. El documento incluye además una tabla de acciones a ser implementadas, con los costos propuestos y tiempos identificados para la ejecución (urgente, mediano y largo plazo). Mientras que el Plan de Gestión incluye una evaluación sistemática útil e identifica actividades específicas, sería beneficioso la identificación de una ruta precisa para enfrentar el estado de conservación del ambiente construido, con criterios y orientación para las intervenciones, que se podría usar como un marco coherente para guiar la toma de decisiones, tomando en consideración las condiciones de autenticidad e integridad de la propiedad. Se requiere información adicional respecto a si los arreglos propuestos de gestión están en operación y si se ha logrado financiamiento para implementar las acciones urgentes identificadas.

    El informe entregado por el Estado Parte también incluyó el Plan Maestro para la rehabilitación y restauración del conjunto histórico monumental del Casco Antiguo de la Ciudad de Panamá, con fecha enero 2011. No se entregó información sobre el grado de implementación de dicho Plan Maestro y claramente será esencial integrarlo con el Plan de Gestión bajo desarrollo.

    c) Estado de conservación de la propiedad

    Desde el año 2008, el Comité del Patrimonio Mundial ha expresado su preocupación acerca del estado de conservación del Centro Histórico, Particularmente en cuanto a la existencia de un número significativo de edificios históricos mayormente deteriorados y descuidados.

    El Estado parte informa de avances con ciertas medidas para comenzar a atender estos problemas. Por ejemplo, acciones han sido llevadas a cabo para reemplazo de aceras y pintar los cordones de las aceras, para colocar pavimentos, para la instalación de desagües pluviales, para el soterramiento de instalaciones eléctricas y de comunicaciones, y para la reconstrucción de la infraestructura de alcantarillado. También toma nota de que visitas por el centro histórico se llevaron a cabo para supervisar el progreso de las acciones implementadas, incluyendo el estado de conservación de los edificios históricos.

    Información más detallada presentada por el Estado Parte analiza la magnitud del problema: de los 845 lotes en el distrito histórico, 40,3% se considera que están en buenas condiciones, el 5,8% tiene obras inconclusas, 9,8% son lotes vacantes, 26,4% están habitados y en malas condiciones y 17,6% están deshabitados y en malas condiciones. Se afirma que este análisis será utilizado para la citación de sus propietarios para iniciar procesos de «desbloqueo del valor» por el Patrimonio Nacional (DNPH) y aplicar sanciones cuando corresponda. Sin embargo, no se ha proporcionado información adicional sobre si el Plan de Emergencia para las intervenciones, elaborado en 2009, será revisado de acuerdo con las disposiciones previstas en el esquema del Plan de Gestión para identificar medidas prioritarias para su implementación y para incluir un plan práctico para su aplicación, incluyendo los recursos necesarios y los plazos previstos para su ejecución. Esta revisión ha sido solicitada por el Comité del Patrimonio Mundial desde su 35ta reunión (UNESCO, 2011).

    En cuanto a la Vía Cincuentenario, Estado Parte informa que se ha seguido trabajando en su traslado fuera del Sitio Arqueológico de Panamá Viejo. En consideración a la nueva alineación, se están implementando acciones como estudios arqueológicos, la reubicación de los servicios públicos, y la reubicación de las familias afectadas. Conforme a lo solicitado por el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), un Plan de Rescate Arqueológico de Panamá Viejo fue implementado. Sin embargo, ningún Estudio de Impacto Patrimonial se ha terminado aún para su revisión.

    d) Proyecto Cinta Costera

    i. Antecedentes

    La misión de monitoreo reactivo a la propiedad en 2009 señaló que la Fase II del proyecto Cinta Costera, situado en el área junto al mar del Terraplén, habías sido construido sin llevar a cabo estudios de impacto ambiental o estudios de impacto patrimonial, y sin informar al Comité del Patrimonio Mundial. Adicionalmente, la misión señaló que el proyecto Fase III previsto en aquel momento podría tener un impacto sobre la propiedad; consecuentemente el Comité del Patrimonio Mundial en sus 33ra Sesión (Sevilla 2009) solicitó que el Estado Parte entregase un informe final, incluyendo el análisis y monitoreo de los impactos derivados de la construcción de la Cinta Costera Fase II y los impactos potenciales sobre la propiedad por la posible continuación de la Fase III.

    En 2010, el informe de estado de conservación examinado por el Comité del Patrimonio Mundial en su 34ta Sesión (Brasilia, 2010) señaló que se esperaba en aquel momento que la Fase III de la Cinta Costera continuara con un túnel que cruzaría aproximadamente 1 km del Centro Histórico o mediante rodear la Península del Distrito Histórico. La misión de monitoreo reactivo 2010 a la propiedad verificó que los trabajos habían continuado en la Fase II y que no fue posible procurar información adicional en cuanto a los impactos sociales, requisitos de conservación, o evaluaciones de impactos del proyecto. También se señaló que la Fase II de la Cinta Costera había resultado en la transformación radical de la línea de la costa e impactado el carácter de la antigua área portuaria en el Terraplén. La misión señaló que la propuesta de la Cinta Costera Fase III de rodear la península podría tener un impacto agresivo sobre las vistas dirigidas hacia y desde el Centro Histórico y podrían tener impacto sobre las condiciones de autenticidad e integridad de la propiedad. Además señaló que ninguna otra alternativa para la continuación del proyecto en su Fase III habría sido suficientemente explorado hasta el momento. En la Decisión 34 COM 7B.113, el Comité del Patrimonio Mundial solicitó al Estado Parte detener el Proyecto Cinta Costera y someter los estudios técnicos necesarios y evaluaciones de impacto previamente a aprobación e implementación, así como explorar y someter otras propuestas alternativas para atender las preocupaciones en torno al tráfico de forma efectiva.

    En su 35ta Sesión (UNESCO, 2011) el Comité del Patrimonio Mundial señaló el compromiso hecho por el Estado Parte en la sesión del Comité de someter todos los proyectos, estudios y propuestas relacionados a alternativas para obras futuras de la Cinta Costera Fase III para evaluación, incluyendo especificaciones técnicas y estudios de impacto patrimonial. El Comité también solicitó que la construcción de la Fase III de la Cinta Costera fuera descontinuada, ya que podría tener potencialmente un impacto adverso sobre el Valor Universal Excepcional de la propiedad.

    El 31 de enero de 2012, el Estado Parte presentó, como la única alternativa que estaba sometiendo a consideración y revisión por el Comité del Patrimonio Mundial, una propuesta definitiva para construir un Viaducto Marítimo, Fase III de la Cinta Costera, al Centro del Patrimonio Mundial e ICOMOS. En el informe de estado de conservación examinado por el Centro del Patrimonio Mundial en su 36ta Sesión (San Petersburgo, 2012) se señaló, en base a la evaluación del Estudio de Impacto Patrimonial, que el proyecto significaba una amenaza potencial a la integridad y autenticidad de la propiedad ya que transformaría la forma tradicional del Distrito Histórico, su apariencia en la línea costera y comprometería irreversiblemente la relación existente entre el Centro Histórico y el mar e impactaría particularmente el entorno de la propiedad en la península y la singularidad del recinto fortificado. El Centro del Patrimonio Mundial y los Organismos Asesores consideraron que aún no habían sido exploradas suficientemente soluciones alternativas, ni tampoco habían sido presentadas evaluaciones técnicas globales para descartar otras opciones. La declaración solicitando la evaluación de una sola propuesta también excluyó la posibilidad de dialogar sobre otras posibles soluciones. El Comité del patrimonio mundial solicitó, en la Decisión 36 COM 7B.103, que estudios de impacto sobre el Valor Universal Excepcional de la propiedad fueran llevados a cabo y también solicitó al Estado parte implementar una serie de medidas para atender de manera global el precario estado conservación de la propiedad.

    El 21 de enero de 2013, el Estado parte proveyó un reporte «Soluciones para la futura demanda de tráfico de la Ciudad de Panamá», elaborado por Halcrow Consulting. Este reporte explica el rápido crecimiento de la ciudad de Panamá y y brinda detalles del problema del tráfico y asevera que el Viaducto Marítimo tendrá vías rápidas urbanas con tres carriles en cada dirección, conectando directamente la Avenida Balboa y la Avenida de los Poetas. El informe no brinda detalles sobre opciones alternativas para hacer frente al reconocido aumento del tráfico (vehicular).

    ii Situación actual

    El 7 de septiembre de 2012, el Estado Parte hizo una presentación en UNESCO del «Estudio de Impacto de la Cinta Costera III Viaducto Marítimo a su Valor Universal Excepcional bajo los criterios inscritos actualmente de C790 Propiedad, Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá». En comunicación adicional con el Centro del Patrimonio Mundial, durante septiembre de 2012, el Estado Parte indicó que la opción presentada había sido revisada para atender impactos identificados a través de la incorporación de medidas de mitigación y compensaciones. Subrayó que la Isla de San Felipe, la cual hubiera estado frente al Palacio Presidencial, había sido removida del diseño final.

    El 24 de diciembre de 2012, una carta de la sociedad civil fue recibida por el Director General de UNESCO proveyendo notificación de la construcción del viaducto marítimo. El 17 de octubre de 2012 una carta de la Delegación Permanente de Panamá ante UNESCO fue recibida en respuesta a la solicitud de información respecto a reclamos del inicio de las obras de construcción. El Estado Parte indicó que el estudio de impacto enviado en septiembre de 2012 para evaluación fue considerado como cumplimiento formal con los párrafos 6 y 7 de la decisión del Comité del Patrimonio Mundial (36 COM 7B.103) y que por lo tanto consideró que la construcción de la Carretera de Interconexión sobre Viaducto Marítimo podía comenzar. La carta también confirmó la disposición del Estado Parte para recibir sugerencias, contribuciones y aportes sobre la viabilidad técnica necesaria para optimizar el diseño e informó que Delegaciones del Comité del Patrimonio Mundial habían visitado el sitio a este propósito. En enero de 2013, información disponible en el dominio público señaló que casi el 50% del Viaducto había sido construido. Por comunicación oficial, el Estado Parte confirmó el día 25 de abril de 2013 que 55% de la infraestructura ya ha sido completada.

    iii. Evaluación de impactos sobre el Valor Universal Excepcional de la propiedad

    El estudio de impacto entregado por el Estado Parte señaló que el Viaducto Marítimo, Fase III de la Cinta Costera no afecta los criterios de inscripción de la propiedad. Sin embargo, el informe resaltó los atributos de la propiedad en términos de la forma y diseño que influenciaron la evolución de la arquitectura militar en las Américas. Subrayó su perfil bajo y adaptación del asentamiento a la forma de la península, y consideró la primordial importancia de la localización y el entorno, ambos atributos críticos para la autenticidad de la propiedad. El informe indica «la razón principal por la cual la ciudad fue mudada tras la destrucción de Panamá Viejo fue el deseo de fortificarla. Como el sitio del ancón se prestaba (a sí mismo) para la construcción de un recinto fortificado, fue seleccionado a pesar de su estrechez. La península contaba con una ventaja adicional: sobre sus flancos al este y al sur la playa tiene una superficie de rocas afiladas que hubiera obstaculizado significativamente cualquier intento de ataque desde allí. Dadas estas características, este ambiente fue una parte integral del sistema defensivo.»

    El estudio resaltó que el entorno y actual paisaje, entendido como siendo integrado por el Distrito Histórico, la bahía de Panamá en torno (a éste) y sus panoramas, la línea de costa (waterfront), el horizonte de la ciudad de Panamá y el Cerro Ancón, que habían permanecido inalterados en términos de la localización del Centro Histórico, el ambiente de rocas afiladas al este y al sur de San Felipe, alrededor de tres peñascos que aparecen en cartografía histórica como «Las Tres Hermanas», serían alterados. El informe incluyó una foto, tomada de Google Earth, correspondiente exactamente a un mapa del siglo XVIII de la ciudad y éste resaltó aún más que «a cierta distancia, el paisaje del Centro Histórico parece estar mayormente sin cambios desde el siglo XIX». El informe también menciona que «la vista despejada, en su percepción de primer y segundo plano, es parte de la memoria colectiva de la población de la capital». Los impactos indirectos señalados están clasificados para incluir repercusiones visuales, impacto por ruido, mareas, fondo de la escena metropolitana, funcional, y relación territorial sobre el sitio. El informe reconoce los impactos visuales indirectos sobre el entorno de la línea de la costa de la propiedad y los gradúa como de grandes a muy grandes cambios (209, 213 – 215). A pesar de estas consideraciones, el informe consideró que el impacto visual sobre el entorno de la línea de la costa podría ser mitigado mediante cambios en el diseño. Ningún detalle técnico fue provisto en términos de medidas de mitigación previstas para asegurar que el viaducto no impacte adversamente al entorno de la línea de la costa.

    Conclusión

    El Centro del Patrimonio Mundial y los Organismos Asesores desean atraer la atención del Comité al estado de conservación actual de la propiedad, donde se reporta que el 44% de los edificios históricos inventariados se encuentra en condiciones extremadamente pobres, un problema que ha permanecido sin atender desde 2008. Aunque el desarrollo propuesto del Plan de Gestión puede ser considerado como un positivo paso hacia adelante, todavía no hay indicación de que el sistema prescrito está completamente operacional o que los recursos adecuados hayan sido asegurados.

    A la fecha, a pesar de las solicitudes hechas por el Comité del Patrimonio Mundial, desafortunadamente no hay indicación en cuanto a que si el Plan de Emergencia para intervenciones, esbozado en 2009, será revisado de acuerdo con las provisiones hechas en los lineamientos del Plan de Gestión con el fin de identificar medidas prioritarias y para incluir un plan práctico para implementación, incluyendo recursos requeridos y calendarios esperados para implementar acciones. Esto necesita ser implementado urgentemente para asegurar la conservación y protección de la fábrica construida.

    El Centro del Patrimonio Mundial y los Organismos Asesores concuerdan con la necesidad de considerar mejoras a la infraestructura vial para satisfacer las crecientes demandas del tráfico pero señalan que ninguna alternativa al Viaducto Marítimo fue suficientemente explorada y que la construcción inició sin conceder al Comité del Patrimonio Mundial un tiempo apropiado para evaluación, e identificación de posibles recomendaciones. Ellos toman nota de los esfuerzos hechos en realizar los estudios de impacto pero consideran que, a pesar de que fueron identificados impactos adversos con la opción seleccionada para el Viaducto Marítimo, no hubo una explicación clara en ninguno de los documentos provistos sobre por qué otras alternativas fueron completamente rechazadas. Además, el informe «Soluciones para la demanda futura de tráfico de la Ciudad de Panamá» subraya el acelerado crecimiento de la Ciudad de Panamá y los desafíos que ésta enfrenta en cuanto a las demandas del tráfico y la necesidad urgente de reorganizar la infraestructura vial. Sin embargo, (el informe) enfoca en justificar por qué el Viaducto Marítimo es la única alternativa sin contemplar ninguna otra alternativa o balancear sus ventajas y desventajas. No hay justificaciones sustentadas que indiquen que el viaducto proveerá de manera efectiva y con mayor importancia, de forma sostenible, soluciones a largo plazo a estos problemas del tráfico vial.

    El Centro del Patrimonio Mundial y los Organismos Asesores subrayan los impactos visuales negativos del Viaducto Marítimo que impactarán adversamente y transformarán el entorno del Centro Histórico. Ellos señalan además, que el Viaducto Marítimo es una estructura de forma muy definida (of a very strong shape) con un alto impacto visual el cual no se integra de manera armoniosa con el Distrito Histórico y establece un contraste indeseable en cuanto a su contexto marítimo. Consideran que la habilidad de la propiedad para comunicar su Valor Universal Excepcional, como un asentamiento fortificado en una Península y como un testimonio a la naturaleza de los asentamientos tempranos, con una traza y diseño urbano adaptado a un contexto particular, están siendo comprometidos adversamente. La traza y escala urbanas y la relación entre la ciudad y su entorno, atributos cruciales para la comprensión de la evolución de la propiedad, también serán impactados adversamente.

    El Viaducto Marítimo, el cual, cuando esté completado dentro de unos pocos meses, circundará estrechamente la línea costera que ha sido el borde del Distrito Histórico desde su fundación en el siglo XVII, alterará las vistas producidas hacia y desde el Centro Histórico. Además, la obra ya realizada en esta infraestructura de gran escala está impactando significativa y adversamente a la integridad y la autenticidad de la propiedad, en términos de la manera en que ésta comunica su histórica posición estratégica y defensiva en el istmo Centroamericano, un atributo crucial de su Valor Universal Excepcional.

    Dado el grado actual y la extensión de los impactos adversos sobre el Valor Universal Excepcional de la propiedad derivados de la construcción del Viaducto Marítimo y el estado actual de conservación de la fábrica construida, el (Centro del) Patrimonio Mundial y los Organismos Asesores señalan que el Comité del Patrimonio Mundial podría desear inscribir esta propiedad en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro.

     

    Decisión Borrador: 37 COM 7B.100

    El Comité del Patrimonio Mundial,

    1. Habiendo examinado el Documento WHC-13/37.COM/7B.Add,
    2. Recordando las Decisiones 33 COM 7B.141, 34 COM 7B.113, 35 COM 7B.130, 36 COM 7B.103, adoptadas en sus sesiones 33ra (Sevilla, 2009), 34ta (Brasilia, 2010), 35ta (UNESCO, 2011) and 36ta (San Petersburgo, 2012), respectivamente, y su preocupación de que la construcción de la Cinta Costera Fase III (Viaducto Marítimo) afectaría adversamente sobre el Valor Universal Excepcional de la propiedad,
    3. Recordando también que los informes del estado de conservación e informes de misiones de monitoreo reactivo de marzo 2009, marzo 2010 y octubre 2010 que subrayaron los impactos del proyecto Cinta Costera, en particular del Viaducto Marítimo, y el estado pobre de conservación de la propiedad;
    4. Toma nota del avance en el desarrollo de un Plan de Gestión, en cuanto a cuantificar el número de edificios en riesgo y en cuanto a trabajos sobre las fachadas urbanas (streetscapes), y soterramiento de infraestructuras, y reitera su profunda preocupación acerca del estado general de conservación de la propiedad, y lamenta que no se ha realizado suficiente avance en atender de forma global y sostenible problemas críticos, o en la implementación del Plan de Acción acordado en 2009;
    5. También lamenta el hecho de que las autoridades no todavía no exploraron lo suficiente alternativas, soluciones de gestión de tráfico sostenibles a largo plazo y decidió, unilateralmente, proceder con la construcción de la Cinta Costera Fase III (Viaducto Marítimo) y que las peticiones del Comité del Patrimonio Mundial en sus sesiones 33ra, 34ta, 35ta, y 36ta fallaron en proteger la propiedad;
    6. Considera que el trabajo ya realizado en la construcción nueva del Viaducto Marítimo impacta adversamente sobre la propiedad y decide inscribir a la propiedad en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro, de conformidad con los párrafos 177 y 179 de las Directrices Prácticas;
    7. Solicita al Estado Parte invitar como un asunto urgente una misión conjunta de monitoreo reactivo Centro del Patrimonio Mundial/ICOMOS para verificar el grado de impacto que la Construcción de la Cinta Costera Fase III (Viaducto Marítimo) ha tenido sobre el Valor Universal Excepcional de la propiedad y para preparar el Estado Deseado de Conservación, incluyendo las medidas correctivas y calendario para su implementación;
    8. También solicita al Centro del Patrimonio Mundial y a los Organismos Asesores entregar un informe sobre los hallazgos de la misión de monitoreo reactivo para examen y decisión por el Comité del Patrimonio Mundial en su 38va Sesión en 2014.

    ———

    Nota 1:

    Esta decisión borrador no se aprobó tal cual se presentó al Comité del Patrimonio Mundial; se revisó mediante un grupo especial de trabajo, y se aprobó esta – http://patrimoniopanama.com/?p=271)

    Nota 2:

    Gracias a las políticas de transparencia de UNESCO y su Centro del Patrimonio Mundial, todos los documentos citados en este artículo del blog Patrimonio Panamá son información pública y de libre acceso para todos alrededor del mundo desde los sitios web de UNESCO, y mediante el Sistema de Información del Estado de Conservación (SOC), abierto al público desde 2012 (Pulse aquí para ver noticia relacionada: http://whc.unesco.org/en/news/962/).

    El debate sobre el Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá en la Sesión 37 COM del Comité del Patrimonio Mundial de UNESCO

    23 de junio 2013

    El último punto sobre Panamá Viejo y Casco Antiguo: en la sesión matutina del día 23 de junio de 2013, el Comité del Patrimonio Mundial aprobó la Decisión 37 COM 8E, en base a la Decisión Borrador 37 COM 8E modificada, que incluyó el documento WHC-13/37.COM/8E.ADD. Se trata de la adopción de la Declaración Retrospectiva de Valor Universal Excepcional, la cual será revisada (modificada) una vez Panamá haya cumplido el artículo 6 descrito bajo el título 21 de junio 2013 de esta entrada del blog Patrimonio Panamá.

    El documento se explica por sí mismo:

    1) Una Declaración de Valor Universal Excepcional representa una formalización, en un formato acordado, de las razones por las cuales una Propiedad del Patrimonio Mundial posee Valor Universal Excepcional. El concepto de Declaración de Valor Universal Excepcional, como un requisito esencial para la inscripción de una propiedad en la Lista del Patrimonio Mundial, fue introducido en las Guías Operativas en 2005. Todos los sitios inscritos desde 2007 presentan tal Declaración.
    2) En 2007, el Comité del Patrimonio Mundial (véase Decisión 31 COM 11D.1) solicitó que Declaraciones de Valor Universal Excepcional se redactaran y aprobaran retrospectivamente para todas las propiedades del Patrimonio Mundial inscritas entre 1978 y 2006, antes del lanzamiento del Segundo Ciclo del Informe Periódico en cada Región. (Traducción NO OFICIAL, del Documento WHC-13/37.COM/8E, página 2)

    La Declaración Universal de Valor Excepcional (retrospectiva) aprobada por el Comité del Patrimonio Mundial para el «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá» figura en el documento WHC-13/37.COM/8E.ADD, desde la página 2 hasta la página 4.

    21 de junio 2013

    En la sesión vespertina del Comité del Patrimonio Mundial, hacia el final de la Sesión, el grupo de trabajo (Panama drafting group) entregó la nueva Decisión para el Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá, que elaboró con el consenso de sus miembros. Esta decisión fue presentada para su adopción sin debate por el Comité del Patrimonio Mundial, y fue en efecto adoptada en solo cinco minutos, entre el júbilo de la sala.

    El texto de la decisión no fue leído en voz alta, sino simplemente pasado en pantalla para el Comité de Patrimonio Mundial. Aún no ha sido publicado el texto oficial. Dispongo de dos imágenes capturadas en pantalla (texto en francés):

    Imagen 1: Artículo 3 al Artículo 5

    Imagen 2: Artículo 4 al Artículo 6

    Llamaron poderosamente mi atención los artículos 5 y 6 (en francés en la imagen):

    5. Regrette que l’Etat partie ait décidé de lancer la construction de la phase III de la Cinta Costera (viaduc maritime) qui modifie de maniére irréversible la relation entre le centre historique et son cadre physique plus large;
    6. Demande a l’Etat partie de soumettre, d’ici le 1er février 2015, une demande de modification importante de limites afin de lui permettre de justifier une révision de la valeur…

    (En español, 5. Lamenta que el Estado Parte ha decidido poner en marcha la construcción de la Fase III de la Cinta Costera (viaducto marítimo) que cambia irreversiblemente la relación entre el centro histórico y su entorno físico más amplio;
    6. Pide al Estado Parte que presente, antes del 1 de febrero 2015, una solicitud de modificación importante de límites que le permitan justificar una revisión del valor
    (texto incompleto)

    Sucede que la relación entre el centro histórico y el mar es esencial para que el Distrito Histórico de Panamá (Casco Antiguo) comunique su valor universal excepcional(1), valor que debido a la afectación irreversible, Panamá deberá «revisar» tras modificar de manera importante los límites de la propiedad «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá» ante Patrimonio Mundial.

    Panamá, con gran sobriedad, declaró a través de su vocero, el Embajador Permanente de Panamá ante la UNESCO Flavio Méndez, que agradeció su labor al grupo de trabajo, especialmente a los delegados de Malí y por sus consejos al delegado de Brasil; dijo que hay una lección aprendida, y que Panamá cumplirá fielmente el dictamen de la Decisión.

    Una vez se de conocer el texto completo de la Decisión, sabremos a qué lección se refería el embajador.

    Video: Reacciones a la Decisión final

    Documento: Lista de Participantes. La Delegación de Panamá está registrada de la página 42 a la 43 del documento http://whc.unesco.org/archive/2013/whc13-37com-2inf.pdf

    20 de junio 2013

    La sesión vespertina del Comité del Patrimonio Mundial se suspendió a fin de dar tiempo a los diferentes equipos de trabajo que debían atender diferentes temas de la Sesión 37 COM. Entre ellos, el grupo de trabajo para Panamá (Panama drafting group) estuvo trabajando en horas de la tarde de hoy (hora Camboyana). Aún no dieron a conocer sus resultados.

    En el grupo de trabajo solo podían participar representantes de los 21 países del Comité, invitados a ello. El grupo de trabajo fue selecionado, organizado y liderado por el Delegado Camboyano, Sr. Ros Borat, Subdirector de Patrimonio y Desarrollo Sostenible de Cambodia. Los otros países podrían asistir a las reuniones del grupo de trabajo en calidad de observadores solamente. Panamá no figura entre los 21 países miembros del Comité del Patrimonio Mundial en la Sesión 37 COM.

    19 de junio 2013

    Hoy 19 de junio en horas de la madrugada en Panamá y alrededor de las 3:00 pm en Cambodia, dio inicio el debate sobre la propiedad panameña inscrita en la Lista del Patrimonio Mundial de UNESCO, «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá«, en base al Estado de Conservación 2013 y a la Decisión Borrador 37 COM 7B.100 (Documento WHC-13/37.COM/7B.Add, páginas 184 a 190). Dicha decisión borrador (la cual también se encuentra en el SOC) solicita la inclusión de la propiedad panameña en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro. Se llegó a sugerir el retiro de la lista del patrimonio mundial, así como se llegó a sugerir dilatar la inclusión en la lista del patrimonio mundial en peligro por un año más.

    Para ver una traducción NO OFICIAL del Estado de Conservación y Decisión borrador, presione aquí.

    El debate estuvo sumamente intenso. Los miembros del Comité no llegaron a ponerse de acuerdo, y se ha establecido un grupo de trabajo, a fin de alcanzar consenso para el caso panameño. Mañana en la mañana (de Cambodia) deberán comenzar a trabajar en alguna posible solución. Es una situación muy delicada, por el tema del viaducto marino Cinta Costera III. El debate se renudará cuando el grupo de trabajo aporte sus resultados.

    Este es el debate en video en idioma inglés, dividido en seis partes de 14:30 minutos cada una:

    Parte 1 de 6

    Parte 2 de 6

    Parte 3 de 6

    Parte 4 de 6

    Parte 5 de 6

    Parte 6 de 6

    El equipo de trabajo será liderado por el Delegado Camboyano, Sr. Ros Borat, experto en patrimonio con treinta años de trayectoria y Subdirector de Patrimonio y Desarrollo Sostenible de Cambodia. Se hizo hincapié en la importancia de la participación de ICOMOS en el grupo de trabajo, aunque la conformación de éste fue confiada enteramente al Sr. Borat.

    Transmisión en vivo: http://whc.unesco.org/en/sessions/37COM/

    Comienza a las 9:00 pm, hora de Panamá.

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    (1) «The World Heritage Centre and the Advisory Bodies underscore the negative visual impacts of the Maritime Viaduct that will adversely impact on and transform the setting of the Historic Centre. They further note that the Maritime Viaduct is a structure of a very strong shape with a high visual impact which does not integrate harmoniously with the Historic District and establishes an undesirable contrast with regard to its maritime context. They consider that the ability of the property to convey its Outstanding Universal Value, as a fortified settlement in a Peninsula and as a testimony to the nature of the early settlements, with a layout and urban design adapted to a particular context, are being adversely compromised. The urban layout and scale and the relationship between the city and its setting, attributes crucial to the understanding of the evolution of the property, will also be adversely impacted.» State of Conservation Report 2013. Disponible en, http://whc.unesco.org/en/soc/1975 y también disponible en, http://whc.unesco.org/en/documents/123027 (páginas 188 y 189). Las negrillas fueron colocadas por la autora de este blog.

    Traducción no oficial del mismo texto: «El Centro del Patrimonio Mundial y los Organismos Asesores subrayan los impactos visuales negativos del Viaducto Marítimo que impactarán adversamente y transformarán el entorno del Centro Histórico. Ellos señalan además, que el Viaducto Marítimo es una estructura de forma muy definida (of a very strong shape) con un alto impacto visual el cual no se integra de manera armoniosa con el Distrito Histórico y establece un contraste indeseable en cuanto a su contexto marítimo. Consideran que la habilidad de la propiedad para comunicar su Valor Universal Excepcional, como un asentamiento fortificado en una Península y como un testimonio a la naturaleza de los asentamientos tempranos, con una traza y diseño urbano adaptado a un contexto particular, están siendo comprometidos adversamente. La traza y escala urbanas y la relación entre la ciudad y su entorno, atributos cruciales para la comprensión de la evolución de la propiedad, también serán impactados adversamente.«

    Nota:

    Gracias a las políticas de transparencia de UNESCO y su Centro del Patrimonio Mundial, todos los documentos citados en este artículo del blog Patrimonio Panamá son información pública y de libre acceso para todos alrededor del mundo desde los sitios web de UNESCO, y mediante el Sistema de Información del Estado de Conservación (SOC), abierto al público desde 2012 (Pulse aquí para ver noticia relacionada: http://whc.unesco.org/en/news/962/).