Actualización del Sistema de Información de Estado de Conservación

Cinta Costera 3 desde Paseo Gral. Esteban Huertas

Cinta Costera 3 desde Paseo Gral. Esteban Huertas

Esta semana, el Centro del Patrimonio Mundial ha actualizado nuevamente los datos de la propiedad panameña inscrita en la Lista del Patrimonio Mundial, «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá», para incluir todas las decisiones tomadas por el Comité del Patrimonio Mundial en torno a la delicada situación de dicha propiedad, con énfasis sobre el Casco Antiguo (Distrito Histórico) de la ciudad de Panamá.

Hay dos decisiones:

1. Decisión 37COM 7B.100
Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá (Panama) (C 790bis)

Esta decisión, a la que ya me he referido en otro artículo de este blog (haz click aquí para verlo), se refiere principalmente al impacto que el viaducto marino Cinta Costera 3 ha ejercido sobre el valor mundial como patrimonio cultural del Casco Antiguo de Panamá (su valor universal excepcional). Da un plazo a Panamá hasta el año post electoral panameño (específicamente, al 1 de febrero de 2015) para someter a consideración del Comité del Patrimonio Mundial una modificación importante a los límites de la propiedad «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá» que permitajustificar una revisión del Valor Universal Excepcional de la propiedad; esto sin olvidar que la Cinta Costera 3 modifica de una manera irreversible la relación del centro histórico con su entorno más amplio (Véanse puntos 5 y 6 de la Decisión 37 COM 7B.100). Aunque la propiedad incluye Panamá Viejo y el Casco Antiguo, es este último el que recibe el énfasis de la Decisión.

Enlace a la página actualizada (en idioma inglés) en la web del Centro del Patrimonio Mundial, http://whc.unesco.org/en/decisions/5019.

La Decisión 37 COM 7B.100 está listada en el Sistema de Información del Estado de Conservación (SOC) bajo los siguientes temas: Credibilidad de la Lista del Patrimonio Mundial, inscripciones en la Lista del Patrimonio Mundial, y Valor Universal Excepcional.

El entorno más amplio al que la decisión se refiere incluye el mar y la red de relaciones entre éste, la ciudad portuaria Panamá, y sus conexiones terrestres, las cuales están descritas en la siguiente decisión.

2. 37COM 8E

Adopción de Declaraciones de Valor Universal Excepcional retrospectivas

La Decisión 37 COM 8E adopta las Declaraciones de Valor Universal Excepcional Retrospectivas, incluyendo en su listado al «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá». El texto que esta decisión aprueba está en la página web del Centro del Patrimonio Mundial de UNESCO, en este enlace, bajo el título OUTSTANDING UNIVERSAL VALUE: http://whc.unesco.org/en/list/790/

Me permito proveerles una traducción no oficial, aquí: Declaración de Valor Universal Excepcional Retrospectivo para Panamá Viejo y Casco Antiguo (Traducción NO OFICIAL). Ésta describe que la ciudad se fundó como consecuencia del descubrimiento del Mar del Sur; que fue un puesto de avanzada imperial de primera clase; que trasladada tras el incendio de 1671, fue edificada en una península; que dicha península se eligió porque podía ser fortificada para impedir el acceso enemigo por mar; que la ciudad creció en importancia por la ruta del oro imperial; que fue lugar estratégico dentro de la dinámica geopolítica en el apogeo del poder imperial español; incluyendo su importancia geopolítica reconocida por Simón Bolívar, y otros aspectos reveladores de la relación vital e insoslayable de la ciudad de Panamá con el mar.

El puerto de gran calado de Panamá se hallaba en el fondeadero de la Isla Perico (una de las tres islas a la entrada del Canal de Panamá, donde los norteamericanos construyeron un causeway que las conecta a tierra para proteger la entrada del Canal de Panamá), y su interacción con la ciudad portuaria se efectuaba mediante botes y barcos de menor calado; la Real Audiencia y las Casas Reales (éstas donde hoy se encuentra la Presidencia de la República) estaban dentro del recinto amurallado de Panamá.

Un preámbulo revelador a la Decisión 37 COM 7B.100 puede ser visto en el informe de Estado de Conservación preparado por el Centro del Patrimonio Mundial para consideración del Comité del Patrimonio Mundial en su Sesión 37 COM del año 2013 (Click aquí, en inglés; click aquí, en español) . En el cuarto párrafo bajo «Conclusiones», el informe reza lo siguiente:

«El Centro del Patrimonio Mundial y los Organismos Asesores subrayan los impactos visuales negativos del Viaducto Marítimo que impactarán adversamente y transformarán el entorno del Centro Histórico. Ellos señalan además, que el Viaducto Marítimo es una estructura de forma muy definida (of a very strong shape) con un alto impacto visual el cual no se integra de manera armoniosa con el Distrito Histórico y establece un contraste indeseable en cuanto a su contexto marítimo. Consideran que la habilidad de la propiedad para comunicar su Valor Universal Excepcional, como un asentamiento fortificado en una Península y como un testimonio a la naturaleza de los asentamientos tempranos, con una traza y diseño urbano adaptado a un contexto particular, están siendo comprometidos adversamente. La traza y escala urbanas y la relación entre la ciudad y su entorno, atributos cruciales para la comprensión de la evolución de la propiedad, también serán impactados adversamente.»

Les dejo una imagen de antes y después de la construcción del viaducto marítimo de la Cinta Costera 3, gracias a fotografías satelitales de Google Earth.

 

Cinta Costera Phase 3 Maritime Viaduct

Cinta Costera Phase 3 Maritime Viaduct

Nota:

Gracias a las políticas de transparencia de UNESCO y su Centro del Patrimonio Mundial, todos los documentos citados en este artículo del blog Patrimonio Panamá son información pública y de libre acceso para todos alrededor del mundo desde los sitios web de UNESCO, y mediante el Sistema de Informacion del Estado de Conservación (SOC), abierto al público desde 2012 (Pulse aquí para ver noticia relacionada: http://whc.unesco.org/en/news/962/).

Decisión 37 COM 7B.100, del Comité del Patrimonio Mundial de UNESCO para el Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá, en 2013

La 37ma Sesión del Comité del Patrimonio Mundial de UNESCO (37 COM) finalizó el día 27 de junio de 2013. El día de hoy, el Centro del Patrimonio Mundial hizo público el documento WHC-13/37.COM/20 fechado el 5 de julio de 2013, que contiene todas las decisiones aprobadas por el Comité en la Sesión 37 COM.

La decisión que concierne al Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá se encuentra en la página 146 del documento WHC-13/37.COM/20, en idioma inglés. El documento también se encuentra disponible en francés, y ambos son versiones originales.

A continuación, una traducción NO OFICIAL del texto de la Decisión 37 COM 7B.100:

100. Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá (Panamá) (C 790bis)

Decisión: 37 COM 7B.100
El Comité del Patrimonio Mundial,

  1. Habiendo examinado el Documento WHC-37/37.COM/7B.Add,
  2. Recordando las Decisiones 33 COM 7B.141, 34 COM 7B.113, 35 COM 7B.130, 36 COM 7B.103, adoptadas en su 33ra (Sevilla, 2009), 34ta (Brasilia, 2010), 35ta (UNESCO, 2011) y 36ta (San Petersburgo, 2012) sesiones, respectivamente, y su preocupación de que la construcción de la Cinta Costera Fase 3 (Viaducto Marítimo) impactaría irreversiblemente sobre la propiedad,
  3. Recordando también los informes de estado de conservación y misiones de monitoreo reactivo de marzo 2009, marzo 2010 y octubre 2010 que subrayaron los impactos del proyecto Cinta Costera, en particular del Viaducto Marítimo, y el estado pobre de conservación de la propiedad;
  4. Toma nota del progreso en desarrollar un Plan de Gestión, en cuanto a cuantificar el número de edificios en riesgo y con trabajos sobre las fachadas urbanas, y soterramiento de redes, y reitera su profunda preocupación acerca del estado global de conservación de la propiedad, y lamenta que no se ha hecho progreso suficiente en atender los problemas de forma global y sostenible, o en implementar el Plan de Acción de emergencia acordado en 2009;
  5. También lamenta que el Estado Parte decidió poner en marcha la construcción de la Cinta Costera Fase 3 (Viaducto Marítimo) que modifica de una manera irreversible la relación del centro histórico con su entorno más amplio;
  6. Solicita al Estado Parte someter hasta el 1 de febrero de 2015 una modificación importante a los límites para que permita justificar una revisión del Valor Universal Excepcional de la propiedad;
  7. También solicita al Estado Parte invitar tan pronto como sea posible una Misión de Monitoreo Reactivo de alto nivel del Centro de Patrimonio Mundial/ ICOMOS, liderada por el Centro del Patrimonio Mundial, para discutir las diferentes posibilidades de esta modificación;
  8. Considera que en ausencia de la implementación de la solicitud hecha en esta decisión, la propiedad sería borrada de la Lista del Patrimonio Mundial en su 39na sesión en 2015, de conformidad con el Capítulo IV.C de las Directrices Prácticas.

-Fin de la traducción NO OFICIAL de la Decisión 37 COM 7B.100. El texto subrayado y el texto en negrilla corresponden con texto subrayado y texto en negrilla en el original en inglés, el cual se encuentra disponible en, http://whc.unesco.org/document/123631 página 146 y página 147.

El procedimiento para una «modificación importante de límites» está contemplado en las Directrices Prácticas para la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial; esto es, el «manual» de la Convención del Patrimonio Mundial. Dicho procedimiento supone presentar la propuesta (de cambio de límites) como si de una nueva candidatura para ingresar a la Lista del Patrimonio Mundial se tratara, reuniendo todas las condiciones necesarias. Como vemos en la Decisión, no hay señalado deterioro en el Sitio Arqueológico de Panamá Viejo que amerite su disminución, sino en el Distrito Histórico (Casco Antiguo).

Tomemos en cuenta que los límites de la propiedad comprenden los límites del Casco Antiguo de Panamá (delimitación por la Ley 91 de 1976, desde el mar hasta la calle 12 Oeste, en líneas generales) y los límites del Sitio Arqueológico de Panamá Viejo (delimitación de la Ley 16 de 2007). Los límites de ambos componentes Casco Antiguo y Panamá Viejo en conjunto, constituyen una sola propiedad.

Para ingresar a la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro, es necesario que la propiedad en riesgo ya se encuentre en la Lista del Patrimonio Mundial, y que las características que determinaron su inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial no se hayan deteriorado al punto de perderse irremediablemente (Directrices Prácticas, sección IV.C).

La aseveración en el párrafo 5 de la Decisión 37 COM 7B.100, «Cinta Costera Fase 3 (Viaducto Marítimo) que modifica de una manera irreversible la relación del centro histórico con su entorno más amplio» causa gran preocupación al incluir la palabra «irreversible», que resalta la fuerza del contenido, a la vez que el párrafo 8 subraya que de no cumplirse los requisitos plasmados en la decisión, la propiedad sería borrada de la Lista del Patrimonio Mundial, sin la opción de pasar a la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro.

Para mayor información, ver las entradas:

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Nota:

Gracias a las políticas de transparencia de UNESCO y su Centro del Patrimonio Mundial, todos los documentos citados en este artículo del blog Patrimonio Panamá son información pública y de libre acceso para todos alrededor del mundo desde los sitios web de UNESCO, y mediante el Sistema de Información del Estado de Conservación (SOC), abierto al público desde 2012 (Pulse aquí para ver noticia relacionada: http://whc.unesco.org/en/news/962/).

El Estado de Conservación del Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá en 2013 (traducción no oficial)

Para facilitar la comprensión del texto del Estado de Conservación preparado por el Centro de Patrimonio Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) para la propiedad panameña inscrita en la Lista del Patrimonio Mundial bajo el número 790bis, «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá» (el nombre Distrito Histórico se refiere al Casco Antiguo de la Ciudad de Panamá), aquí les proveo de una traducción NO OFICIAL.

El texto original en idioma inglés puede ser consultado tanto en el Sistema de Información de Estado de Conservación del Centro del Patrimonio Mundial de UNESCO (http://whc.unesco.org/en/soc/1975), y también disponible en, http://whc.unesco.org/en/documents/123027 (páginas 184 a 190)

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Traducción no oficial.

100. Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá (Panamá)

(C 790bis)

Año de inscripción en la Lista de Patrimonio de la Humanidad
1997, extensión en el 2003
Criterios
(ii) (iv) (vi)
Año(s) de inscripción en la Lista de Patrimonio de la Humanidad en Peligro
N/A
Decisiones Previas del Comité
Ver: http://whc.unesco.org/en/lis/790/documents/Asistencia Internacional
N/A
Fondos Extrapresupuestarios UNESCO
N/A
Misiones previas de monitoreo

Misiones Previas de Monitoreo

Marzo 2009: Misión conjunta de monitoreo reactivo del Centro de Patrimonio Mundial / ICOMOS

Marzo 2010: Con motivo de la misión conjunta de monitoreo reactivo del Centro de Patrimonio Mundial/ ICOMOS a Portobelo y San Lorenzo, se realizó una visita técnica al Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y el Distrito Histórico, conforme a lo solicitado por las autoridades de Panamá.

Octubre 2010: Misión conjunta de monitoreo reactivo del Centro de Patrimonio Mundial con ICOMOS.

Factores que afectan a la propiedad identificada en informes anteriores

a) El grave deterioro de los edificios históricos que amenaza el Valor Universal Excepcional del bien;
b) Los conflictos de intereses de los diferentes grupos de interés en relación con el uso, manejo y conservación del centro histórico;
c) Capacidad limitada para la rehabilitación y mantenimiento de edificios históricos;
d) Las deficiencias en la aplicación del marco legislativo para la protección;
e) La falta de implementación de políticas claras de gestión y conservacióno de la propiedad;
f) La demolición de conjuntos urbanos y de edificios;
g) El desplazamiento forzoso de los ocupantes y precaristas;
h) Proyectos de desarrollo urbano dentro del área protegida (es decir, Cinta Costera).
Material ilustrativo
Consulte la página http://whc.unesco.org/en/list/790
y http://whc.unesco.org/en/soc

Problemas de conservación actuales

El Estado Parte presentó un informe sobre el estado de conservación de la propiedad el 31 de enero de 2013, más información complementaria se presentó el 12 de febrero de 2013. Más información detallada sobre el proyecto Cinta Costera III, incluida la información sobre el impacto del proyecto y en el transporte urbano y la estrategia de movilidad para el Distrito Histórico de Panamá ya había sido presentada por el Estado Parte el 21 de septiembre y el 9 de noviembre de 2012. El 14 de marzo de 2013, el Estado Parte hizo una presentación en el Centro del Patrimonio Mundial sobre los avances en la formulación del plan de gestión conjunto de dos bienes del Patrimonio Mundial en Panamá: Las Fortificaciones de la costa caribeña de Panamá, Portobelo y San Lorenzo, además del Distrito Histórico de Panamá y Sitio Arqueológico de Panamá Viejo.

a) Zona de amortiguamiento y el inventario retrospectivo

Una solicitud para modificaciones menores de los límites fue presentada por el Estado Parte el 29 de enero de 2013 e información adicional relacionada el 15 de febrero de 2013. El día 14 de marzo 2013 también fue presentado un mapa adicional. Sin embargo, la propuesta para modificaciones menores en los límites no cumple con los requerimientos de los Lineamientos Operativos, por lo tanto se ha solicitado al Estado Parte clarificación y la presentación de la información completa.

b) Marco legislativo, sistema de gestión y políticas para la propiedad.

La información presentada incluye un informe sobre el progreso con la elaboración e implementación del manual de normas y procedimientos para la restauración y rehabilitación para el Casco Antiguo de la Ciudad de Panamá, que fue aprobado en 2004. Dicho manual deja claro los requisitos básicos para la aprobación de planos y para la aprobación de permisos para construcción y de ocupación. No se ha presentado ninguna información precisa sobre la puesta en práctica de dichas herramientas.

El estado parte proporcionó además información sobre la formulación del “Plan Panamá UNESCO de Gestión del Patrimonio” en una presentación que se hizo en la UNESCO el 14 de marzo 2013. La información proporcionada hace notar que se prepare un protocolo para la gestión de las dos propiedades de Patrimonio Mundial cultural en Panamá, en agosto 2012; dice que el protocolo suscrito por todos los actores principales garantiza un plan operativo. Una entidad coordinadora ha sido establecida y además una Comisión Nacional de Patrimonio Natural y Cultural que funcionará como un cuerpo de asesoría técnica. La Comisión integra varios ministerios y las entidades de gestión de Portobelo y San Lorenzo, así como de Panamá Viejo. El Decreto Presidencial para establecer dicha Comisión oficialmente está bajo revisión actualmente.

El bosquejo del Plan de Gestión incluido en el informe presenta un listado de una serie de objetivos para la conservación y manejo de ambas propiedades culturales de Patrimonio Mundial. El Plan contiene información de los antecedentes, una evaluación de la situación actual y las estrategias y acciones propuestas para los distintos sectores, estructuradas bajo los siguientes encabezados: plan de conocimiento, plan de protección y conservación, planificación urbana, plan de espacio público y paisajismo, plan de desarrollo económico, plan de promoción cultural y plan de monitoreo. El documento incluye además una tabla de acciones a ser implementadas, con los costos propuestos y tiempos identificados para la ejecución (urgente, mediano y largo plazo). Mientras que el Plan de Gestión incluye una evaluación sistemática útil e identifica actividades específicas, sería beneficioso la identificación de una ruta precisa para enfrentar el estado de conservación del ambiente construido, con criterios y orientación para las intervenciones, que se podría usar como un marco coherente para guiar la toma de decisiones, tomando en consideración las condiciones de autenticidad e integridad de la propiedad. Se requiere información adicional respecto a si los arreglos propuestos de gestión están en operación y si se ha logrado financiamiento para implementar las acciones urgentes identificadas.

El informe entregado por el Estado Parte también incluyó el Plan Maestro para la rehabilitación y restauración del conjunto histórico monumental del Casco Antiguo de la Ciudad de Panamá, con fecha enero 2011. No se entregó información sobre el grado de implementación de dicho Plan Maestro y claramente será esencial integrarlo con el Plan de Gestión bajo desarrollo.

c) Estado de conservación de la propiedad

Desde el año 2008, el Comité del Patrimonio Mundial ha expresado su preocupación acerca del estado de conservación del Centro Histórico, Particularmente en cuanto a la existencia de un número significativo de edificios históricos mayormente deteriorados y descuidados.

El Estado parte informa de avances con ciertas medidas para comenzar a atender estos problemas. Por ejemplo, acciones han sido llevadas a cabo para reemplazo de aceras y pintar los cordones de las aceras, para colocar pavimentos, para la instalación de desagües pluviales, para el soterramiento de instalaciones eléctricas y de comunicaciones, y para la reconstrucción de la infraestructura de alcantarillado. También toma nota de que visitas por el centro histórico se llevaron a cabo para supervisar el progreso de las acciones implementadas, incluyendo el estado de conservación de los edificios históricos.

Información más detallada presentada por el Estado Parte analiza la magnitud del problema: de los 845 lotes en el distrito histórico, 40,3% se considera que están en buenas condiciones, el 5,8% tiene obras inconclusas, 9,8% son lotes vacantes, 26,4% están habitados y en malas condiciones y 17,6% están deshabitados y en malas condiciones. Se afirma que este análisis será utilizado para la citación de sus propietarios para iniciar procesos de «desbloqueo del valor» por el Patrimonio Nacional (DNPH) y aplicar sanciones cuando corresponda. Sin embargo, no se ha proporcionado información adicional sobre si el Plan de Emergencia para las intervenciones, elaborado en 2009, será revisado de acuerdo con las disposiciones previstas en el esquema del Plan de Gestión para identificar medidas prioritarias para su implementación y para incluir un plan práctico para su aplicación, incluyendo los recursos necesarios y los plazos previstos para su ejecución. Esta revisión ha sido solicitada por el Comité del Patrimonio Mundial desde su 35ta reunión (UNESCO, 2011).

En cuanto a la Vía Cincuentenario, Estado Parte informa que se ha seguido trabajando en su traslado fuera del Sitio Arqueológico de Panamá Viejo. En consideración a la nueva alineación, se están implementando acciones como estudios arqueológicos, la reubicación de los servicios públicos, y la reubicación de las familias afectadas. Conforme a lo solicitado por el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), un Plan de Rescate Arqueológico de Panamá Viejo fue implementado. Sin embargo, ningún Estudio de Impacto Patrimonial se ha terminado aún para su revisión.

d) Proyecto Cinta Costera

i. Antecedentes

La misión de monitoreo reactivo a la propiedad en 2009 señaló que la Fase II del proyecto Cinta Costera, situado en el área junto al mar del Terraplén, habías sido construido sin llevar a cabo estudios de impacto ambiental o estudios de impacto patrimonial, y sin informar al Comité del Patrimonio Mundial. Adicionalmente, la misión señaló que el proyecto Fase III previsto en aquel momento podría tener un impacto sobre la propiedad; consecuentemente el Comité del Patrimonio Mundial en sus 33ra Sesión (Sevilla 2009) solicitó que el Estado Parte entregase un informe final, incluyendo el análisis y monitoreo de los impactos derivados de la construcción de la Cinta Costera Fase II y los impactos potenciales sobre la propiedad por la posible continuación de la Fase III.

En 2010, el informe de estado de conservación examinado por el Comité del Patrimonio Mundial en su 34ta Sesión (Brasilia, 2010) señaló que se esperaba en aquel momento que la Fase III de la Cinta Costera continuara con un túnel que cruzaría aproximadamente 1 km del Centro Histórico o mediante rodear la Península del Distrito Histórico. La misión de monitoreo reactivo 2010 a la propiedad verificó que los trabajos habían continuado en la Fase II y que no fue posible procurar información adicional en cuanto a los impactos sociales, requisitos de conservación, o evaluaciones de impactos del proyecto. También se señaló que la Fase II de la Cinta Costera había resultado en la transformación radical de la línea de la costa e impactado el carácter de la antigua área portuaria en el Terraplén. La misión señaló que la propuesta de la Cinta Costera Fase III de rodear la península podría tener un impacto agresivo sobre las vistas dirigidas hacia y desde el Centro Histórico y podrían tener impacto sobre las condiciones de autenticidad e integridad de la propiedad. Además señaló que ninguna otra alternativa para la continuación del proyecto en su Fase III habría sido suficientemente explorado hasta el momento. En la Decisión 34 COM 7B.113, el Comité del Patrimonio Mundial solicitó al Estado Parte detener el Proyecto Cinta Costera y someter los estudios técnicos necesarios y evaluaciones de impacto previamente a aprobación e implementación, así como explorar y someter otras propuestas alternativas para atender las preocupaciones en torno al tráfico de forma efectiva.

En su 35ta Sesión (UNESCO, 2011) el Comité del Patrimonio Mundial señaló el compromiso hecho por el Estado Parte en la sesión del Comité de someter todos los proyectos, estudios y propuestas relacionados a alternativas para obras futuras de la Cinta Costera Fase III para evaluación, incluyendo especificaciones técnicas y estudios de impacto patrimonial. El Comité también solicitó que la construcción de la Fase III de la Cinta Costera fuera descontinuada, ya que podría tener potencialmente un impacto adverso sobre el Valor Universal Excepcional de la propiedad.

El 31 de enero de 2012, el Estado Parte presentó, como la única alternativa que estaba sometiendo a consideración y revisión por el Comité del Patrimonio Mundial, una propuesta definitiva para construir un Viaducto Marítimo, Fase III de la Cinta Costera, al Centro del Patrimonio Mundial e ICOMOS. En el informe de estado de conservación examinado por el Centro del Patrimonio Mundial en su 36ta Sesión (San Petersburgo, 2012) se señaló, en base a la evaluación del Estudio de Impacto Patrimonial, que el proyecto significaba una amenaza potencial a la integridad y autenticidad de la propiedad ya que transformaría la forma tradicional del Distrito Histórico, su apariencia en la línea costera y comprometería irreversiblemente la relación existente entre el Centro Histórico y el mar e impactaría particularmente el entorno de la propiedad en la península y la singularidad del recinto fortificado. El Centro del Patrimonio Mundial y los Organismos Asesores consideraron que aún no habían sido exploradas suficientemente soluciones alternativas, ni tampoco habían sido presentadas evaluaciones técnicas globales para descartar otras opciones. La declaración solicitando la evaluación de una sola propuesta también excluyó la posibilidad de dialogar sobre otras posibles soluciones. El Comité del patrimonio mundial solicitó, en la Decisión 36 COM 7B.103, que estudios de impacto sobre el Valor Universal Excepcional de la propiedad fueran llevados a cabo y también solicitó al Estado parte implementar una serie de medidas para atender de manera global el precario estado conservación de la propiedad.

El 21 de enero de 2013, el Estado parte proveyó un reporte «Soluciones para la futura demanda de tráfico de la Ciudad de Panamá», elaborado por Halcrow Consulting. Este reporte explica el rápido crecimiento de la ciudad de Panamá y y brinda detalles del problema del tráfico y asevera que el Viaducto Marítimo tendrá vías rápidas urbanas con tres carriles en cada dirección, conectando directamente la Avenida Balboa y la Avenida de los Poetas. El informe no brinda detalles sobre opciones alternativas para hacer frente al reconocido aumento del tráfico (vehicular).

ii Situación actual

El 7 de septiembre de 2012, el Estado Parte hizo una presentación en UNESCO del «Estudio de Impacto de la Cinta Costera III Viaducto Marítimo a su Valor Universal Excepcional bajo los criterios inscritos actualmente de C790 Propiedad, Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá». En comunicación adicional con el Centro del Patrimonio Mundial, durante septiembre de 2012, el Estado Parte indicó que la opción presentada había sido revisada para atender impactos identificados a través de la incorporación de medidas de mitigación y compensaciones. Subrayó que la Isla de San Felipe, la cual hubiera estado frente al Palacio Presidencial, había sido removida del diseño final.

El 24 de diciembre de 2012, una carta de la sociedad civil fue recibida por el Director General de UNESCO proveyendo notificación de la construcción del viaducto marítimo. El 17 de octubre de 2012 una carta de la Delegación Permanente de Panamá ante UNESCO fue recibida en respuesta a la solicitud de información respecto a reclamos del inicio de las obras de construcción. El Estado Parte indicó que el estudio de impacto enviado en septiembre de 2012 para evaluación fue considerado como cumplimiento formal con los párrafos 6 y 7 de la decisión del Comité del Patrimonio Mundial (36 COM 7B.103) y que por lo tanto consideró que la construcción de la Carretera de Interconexión sobre Viaducto Marítimo podía comenzar. La carta también confirmó la disposición del Estado Parte para recibir sugerencias, contribuciones y aportes sobre la viabilidad técnica necesaria para optimizar el diseño e informó que Delegaciones del Comité del Patrimonio Mundial habían visitado el sitio a este propósito. En enero de 2013, información disponible en el dominio público señaló que casi el 50% del Viaducto había sido construido. Por comunicación oficial, el Estado Parte confirmó el día 25 de abril de 2013 que 55% de la infraestructura ya ha sido completada.

iii. Evaluación de impactos sobre el Valor Universal Excepcional de la propiedad

El estudio de impacto entregado por el Estado Parte señaló que el Viaducto Marítimo, Fase III de la Cinta Costera no afecta los criterios de inscripción de la propiedad. Sin embargo, el informe resaltó los atributos de la propiedad en términos de la forma y diseño que influenciaron la evolución de la arquitectura militar en las Américas. Subrayó su perfil bajo y adaptación del asentamiento a la forma de la península, y consideró la primordial importancia de la localización y el entorno, ambos atributos críticos para la autenticidad de la propiedad. El informe indica «la razón principal por la cual la ciudad fue mudada tras la destrucción de Panamá Viejo fue el deseo de fortificarla. Como el sitio del ancón se prestaba (a sí mismo) para la construcción de un recinto fortificado, fue seleccionado a pesar de su estrechez. La península contaba con una ventaja adicional: sobre sus flancos al este y al sur la playa tiene una superficie de rocas afiladas que hubiera obstaculizado significativamente cualquier intento de ataque desde allí. Dadas estas características, este ambiente fue una parte integral del sistema defensivo.»

El estudio resaltó que el entorno y actual paisaje, entendido como siendo integrado por el Distrito Histórico, la bahía de Panamá en torno (a éste) y sus panoramas, la línea de costa (waterfront), el horizonte de la ciudad de Panamá y el Cerro Ancón, que habían permanecido inalterados en términos de la localización del Centro Histórico, el ambiente de rocas afiladas al este y al sur de San Felipe, alrededor de tres peñascos que aparecen en cartografía histórica como «Las Tres Hermanas», serían alterados. El informe incluyó una foto, tomada de Google Earth, correspondiente exactamente a un mapa del siglo XVIII de la ciudad y éste resaltó aún más que «a cierta distancia, el paisaje del Centro Histórico parece estar mayormente sin cambios desde el siglo XIX». El informe también menciona que «la vista despejada, en su percepción de primer y segundo plano, es parte de la memoria colectiva de la población de la capital». Los impactos indirectos señalados están clasificados para incluir repercusiones visuales, impacto por ruido, mareas, fondo de la escena metropolitana, funcional, y relación territorial sobre el sitio. El informe reconoce los impactos visuales indirectos sobre el entorno de la línea de la costa de la propiedad y los gradúa como de grandes a muy grandes cambios (209, 213 – 215). A pesar de estas consideraciones, el informe consideró que el impacto visual sobre el entorno de la línea de la costa podría ser mitigado mediante cambios en el diseño. Ningún detalle técnico fue provisto en términos de medidas de mitigación previstas para asegurar que el viaducto no impacte adversamente al entorno de la línea de la costa.

Conclusión

El Centro del Patrimonio Mundial y los Organismos Asesores desean atraer la atención del Comité al estado de conservación actual de la propiedad, donde se reporta que el 44% de los edificios históricos inventariados se encuentra en condiciones extremadamente pobres, un problema que ha permanecido sin atender desde 2008. Aunque el desarrollo propuesto del Plan de Gestión puede ser considerado como un positivo paso hacia adelante, todavía no hay indicación de que el sistema prescrito está completamente operacional o que los recursos adecuados hayan sido asegurados.

A la fecha, a pesar de las solicitudes hechas por el Comité del Patrimonio Mundial, desafortunadamente no hay indicación en cuanto a que si el Plan de Emergencia para intervenciones, esbozado en 2009, será revisado de acuerdo con las provisiones hechas en los lineamientos del Plan de Gestión con el fin de identificar medidas prioritarias y para incluir un plan práctico para implementación, incluyendo recursos requeridos y calendarios esperados para implementar acciones. Esto necesita ser implementado urgentemente para asegurar la conservación y protección de la fábrica construida.

El Centro del Patrimonio Mundial y los Organismos Asesores concuerdan con la necesidad de considerar mejoras a la infraestructura vial para satisfacer las crecientes demandas del tráfico pero señalan que ninguna alternativa al Viaducto Marítimo fue suficientemente explorada y que la construcción inició sin conceder al Comité del Patrimonio Mundial un tiempo apropiado para evaluación, e identificación de posibles recomendaciones. Ellos toman nota de los esfuerzos hechos en realizar los estudios de impacto pero consideran que, a pesar de que fueron identificados impactos adversos con la opción seleccionada para el Viaducto Marítimo, no hubo una explicación clara en ninguno de los documentos provistos sobre por qué otras alternativas fueron completamente rechazadas. Además, el informe «Soluciones para la demanda futura de tráfico de la Ciudad de Panamá» subraya el acelerado crecimiento de la Ciudad de Panamá y los desafíos que ésta enfrenta en cuanto a las demandas del tráfico y la necesidad urgente de reorganizar la infraestructura vial. Sin embargo, (el informe) enfoca en justificar por qué el Viaducto Marítimo es la única alternativa sin contemplar ninguna otra alternativa o balancear sus ventajas y desventajas. No hay justificaciones sustentadas que indiquen que el viaducto proveerá de manera efectiva y con mayor importancia, de forma sostenible, soluciones a largo plazo a estos problemas del tráfico vial.

El Centro del Patrimonio Mundial y los Organismos Asesores subrayan los impactos visuales negativos del Viaducto Marítimo que impactarán adversamente y transformarán el entorno del Centro Histórico. Ellos señalan además, que el Viaducto Marítimo es una estructura de forma muy definida (of a very strong shape) con un alto impacto visual el cual no se integra de manera armoniosa con el Distrito Histórico y establece un contraste indeseable en cuanto a su contexto marítimo. Consideran que la habilidad de la propiedad para comunicar su Valor Universal Excepcional, como un asentamiento fortificado en una Península y como un testimonio a la naturaleza de los asentamientos tempranos, con una traza y diseño urbano adaptado a un contexto particular, están siendo comprometidos adversamente. La traza y escala urbanas y la relación entre la ciudad y su entorno, atributos cruciales para la comprensión de la evolución de la propiedad, también serán impactados adversamente.

El Viaducto Marítimo, el cual, cuando esté completado dentro de unos pocos meses, circundará estrechamente la línea costera que ha sido el borde del Distrito Histórico desde su fundación en el siglo XVII, alterará las vistas producidas hacia y desde el Centro Histórico. Además, la obra ya realizada en esta infraestructura de gran escala está impactando significativa y adversamente a la integridad y la autenticidad de la propiedad, en términos de la manera en que ésta comunica su histórica posición estratégica y defensiva en el istmo Centroamericano, un atributo crucial de su Valor Universal Excepcional.

Dado el grado actual y la extensión de los impactos adversos sobre el Valor Universal Excepcional de la propiedad derivados de la construcción del Viaducto Marítimo y el estado actual de conservación de la fábrica construida, el (Centro del) Patrimonio Mundial y los Organismos Asesores señalan que el Comité del Patrimonio Mundial podría desear inscribir esta propiedad en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro.

 

Decisión Borrador: 37 COM 7B.100

El Comité del Patrimonio Mundial,

  1. Habiendo examinado el Documento WHC-13/37.COM/7B.Add,
  2. Recordando las Decisiones 33 COM 7B.141, 34 COM 7B.113, 35 COM 7B.130, 36 COM 7B.103, adoptadas en sus sesiones 33ra (Sevilla, 2009), 34ta (Brasilia, 2010), 35ta (UNESCO, 2011) and 36ta (San Petersburgo, 2012), respectivamente, y su preocupación de que la construcción de la Cinta Costera Fase III (Viaducto Marítimo) afectaría adversamente sobre el Valor Universal Excepcional de la propiedad,
  3. Recordando también que los informes del estado de conservación e informes de misiones de monitoreo reactivo de marzo 2009, marzo 2010 y octubre 2010 que subrayaron los impactos del proyecto Cinta Costera, en particular del Viaducto Marítimo, y el estado pobre de conservación de la propiedad;
  4. Toma nota del avance en el desarrollo de un Plan de Gestión, en cuanto a cuantificar el número de edificios en riesgo y en cuanto a trabajos sobre las fachadas urbanas (streetscapes), y soterramiento de infraestructuras, y reitera su profunda preocupación acerca del estado general de conservación de la propiedad, y lamenta que no se ha realizado suficiente avance en atender de forma global y sostenible problemas críticos, o en la implementación del Plan de Acción acordado en 2009;
  5. También lamenta el hecho de que las autoridades no todavía no exploraron lo suficiente alternativas, soluciones de gestión de tráfico sostenibles a largo plazo y decidió, unilateralmente, proceder con la construcción de la Cinta Costera Fase III (Viaducto Marítimo) y que las peticiones del Comité del Patrimonio Mundial en sus sesiones 33ra, 34ta, 35ta, y 36ta fallaron en proteger la propiedad;
  6. Considera que el trabajo ya realizado en la construcción nueva del Viaducto Marítimo impacta adversamente sobre la propiedad y decide inscribir a la propiedad en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro, de conformidad con los párrafos 177 y 179 de las Directrices Prácticas;
  7. Solicita al Estado Parte invitar como un asunto urgente una misión conjunta de monitoreo reactivo Centro del Patrimonio Mundial/ICOMOS para verificar el grado de impacto que la Construcción de la Cinta Costera Fase III (Viaducto Marítimo) ha tenido sobre el Valor Universal Excepcional de la propiedad y para preparar el Estado Deseado de Conservación, incluyendo las medidas correctivas y calendario para su implementación;
  8. También solicita al Centro del Patrimonio Mundial y a los Organismos Asesores entregar un informe sobre los hallazgos de la misión de monitoreo reactivo para examen y decisión por el Comité del Patrimonio Mundial en su 38va Sesión en 2014.

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Nota 1:

Esta decisión borrador no se aprobó tal cual se presentó al Comité del Patrimonio Mundial; se revisó mediante un grupo especial de trabajo, y se aprobó esta – http://patrimoniopanama.com/?p=271)

Nota 2:

Gracias a las políticas de transparencia de UNESCO y su Centro del Patrimonio Mundial, todos los documentos citados en este artículo del blog Patrimonio Panamá son información pública y de libre acceso para todos alrededor del mundo desde los sitios web de UNESCO, y mediante el Sistema de Información del Estado de Conservación (SOC), abierto al público desde 2012 (Pulse aquí para ver noticia relacionada: http://whc.unesco.org/en/news/962/).

El debate sobre el Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá en la Sesión 37 COM del Comité del Patrimonio Mundial de UNESCO

23 de junio 2013

El último punto sobre Panamá Viejo y Casco Antiguo: en la sesión matutina del día 23 de junio de 2013, el Comité del Patrimonio Mundial aprobó la Decisión 37 COM 8E, en base a la Decisión Borrador 37 COM 8E modificada, que incluyó el documento WHC-13/37.COM/8E.ADD. Se trata de la adopción de la Declaración Retrospectiva de Valor Universal Excepcional, la cual será revisada (modificada) una vez Panamá haya cumplido el artículo 6 descrito bajo el título 21 de junio 2013 de esta entrada del blog Patrimonio Panamá.

El documento se explica por sí mismo:

1) Una Declaración de Valor Universal Excepcional representa una formalización, en un formato acordado, de las razones por las cuales una Propiedad del Patrimonio Mundial posee Valor Universal Excepcional. El concepto de Declaración de Valor Universal Excepcional, como un requisito esencial para la inscripción de una propiedad en la Lista del Patrimonio Mundial, fue introducido en las Guías Operativas en 2005. Todos los sitios inscritos desde 2007 presentan tal Declaración.
2) En 2007, el Comité del Patrimonio Mundial (véase Decisión 31 COM 11D.1) solicitó que Declaraciones de Valor Universal Excepcional se redactaran y aprobaran retrospectivamente para todas las propiedades del Patrimonio Mundial inscritas entre 1978 y 2006, antes del lanzamiento del Segundo Ciclo del Informe Periódico en cada Región. (Traducción NO OFICIAL, del Documento WHC-13/37.COM/8E, página 2)

La Declaración Universal de Valor Excepcional (retrospectiva) aprobada por el Comité del Patrimonio Mundial para el «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá» figura en el documento WHC-13/37.COM/8E.ADD, desde la página 2 hasta la página 4.

21 de junio 2013

En la sesión vespertina del Comité del Patrimonio Mundial, hacia el final de la Sesión, el grupo de trabajo (Panama drafting group) entregó la nueva Decisión para el Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá, que elaboró con el consenso de sus miembros. Esta decisión fue presentada para su adopción sin debate por el Comité del Patrimonio Mundial, y fue en efecto adoptada en solo cinco minutos, entre el júbilo de la sala.

El texto de la decisión no fue leído en voz alta, sino simplemente pasado en pantalla para el Comité de Patrimonio Mundial. Aún no ha sido publicado el texto oficial. Dispongo de dos imágenes capturadas en pantalla (texto en francés):

Imagen 1: Artículo 3 al Artículo 5

Imagen 2: Artículo 4 al Artículo 6

Llamaron poderosamente mi atención los artículos 5 y 6 (en francés en la imagen):

5. Regrette que l’Etat partie ait décidé de lancer la construction de la phase III de la Cinta Costera (viaduc maritime) qui modifie de maniére irréversible la relation entre le centre historique et son cadre physique plus large;
6. Demande a l’Etat partie de soumettre, d’ici le 1er février 2015, une demande de modification importante de limites afin de lui permettre de justifier une révision de la valeur…

(En español, 5. Lamenta que el Estado Parte ha decidido poner en marcha la construcción de la Fase III de la Cinta Costera (viaducto marítimo) que cambia irreversiblemente la relación entre el centro histórico y su entorno físico más amplio;
6. Pide al Estado Parte que presente, antes del 1 de febrero 2015, una solicitud de modificación importante de límites que le permitan justificar una revisión del valor
(texto incompleto)

Sucede que la relación entre el centro histórico y el mar es esencial para que el Distrito Histórico de Panamá (Casco Antiguo) comunique su valor universal excepcional(1), valor que debido a la afectación irreversible, Panamá deberá «revisar» tras modificar de manera importante los límites de la propiedad «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá» ante Patrimonio Mundial.

Panamá, con gran sobriedad, declaró a través de su vocero, el Embajador Permanente de Panamá ante la UNESCO Flavio Méndez, que agradeció su labor al grupo de trabajo, especialmente a los delegados de Malí y por sus consejos al delegado de Brasil; dijo que hay una lección aprendida, y que Panamá cumplirá fielmente el dictamen de la Decisión.

Una vez se de conocer el texto completo de la Decisión, sabremos a qué lección se refería el embajador.

Video: Reacciones a la Decisión final

Documento: Lista de Participantes. La Delegación de Panamá está registrada de la página 42 a la 43 del documento http://whc.unesco.org/archive/2013/whc13-37com-2inf.pdf

20 de junio 2013

La sesión vespertina del Comité del Patrimonio Mundial se suspendió a fin de dar tiempo a los diferentes equipos de trabajo que debían atender diferentes temas de la Sesión 37 COM. Entre ellos, el grupo de trabajo para Panamá (Panama drafting group) estuvo trabajando en horas de la tarde de hoy (hora Camboyana). Aún no dieron a conocer sus resultados.

En el grupo de trabajo solo podían participar representantes de los 21 países del Comité, invitados a ello. El grupo de trabajo fue selecionado, organizado y liderado por el Delegado Camboyano, Sr. Ros Borat, Subdirector de Patrimonio y Desarrollo Sostenible de Cambodia. Los otros países podrían asistir a las reuniones del grupo de trabajo en calidad de observadores solamente. Panamá no figura entre los 21 países miembros del Comité del Patrimonio Mundial en la Sesión 37 COM.

19 de junio 2013

Hoy 19 de junio en horas de la madrugada en Panamá y alrededor de las 3:00 pm en Cambodia, dio inicio el debate sobre la propiedad panameña inscrita en la Lista del Patrimonio Mundial de UNESCO, «Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y Distrito Histórico de Panamá«, en base al Estado de Conservación 2013 y a la Decisión Borrador 37 COM 7B.100 (Documento WHC-13/37.COM/7B.Add, páginas 184 a 190). Dicha decisión borrador (la cual también se encuentra en el SOC) solicita la inclusión de la propiedad panameña en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro. Se llegó a sugerir el retiro de la lista del patrimonio mundial, así como se llegó a sugerir dilatar la inclusión en la lista del patrimonio mundial en peligro por un año más.

Para ver una traducción NO OFICIAL del Estado de Conservación y Decisión borrador, presione aquí.

El debate estuvo sumamente intenso. Los miembros del Comité no llegaron a ponerse de acuerdo, y se ha establecido un grupo de trabajo, a fin de alcanzar consenso para el caso panameño. Mañana en la mañana (de Cambodia) deberán comenzar a trabajar en alguna posible solución. Es una situación muy delicada, por el tema del viaducto marino Cinta Costera III. El debate se renudará cuando el grupo de trabajo aporte sus resultados.

Este es el debate en video en idioma inglés, dividido en seis partes de 14:30 minutos cada una:

Parte 1 de 6

Parte 2 de 6

Parte 3 de 6

Parte 4 de 6

Parte 5 de 6

Parte 6 de 6

El equipo de trabajo será liderado por el Delegado Camboyano, Sr. Ros Borat, experto en patrimonio con treinta años de trayectoria y Subdirector de Patrimonio y Desarrollo Sostenible de Cambodia. Se hizo hincapié en la importancia de la participación de ICOMOS en el grupo de trabajo, aunque la conformación de éste fue confiada enteramente al Sr. Borat.

Transmisión en vivo: http://whc.unesco.org/en/sessions/37COM/

Comienza a las 9:00 pm, hora de Panamá.

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(1) «The World Heritage Centre and the Advisory Bodies underscore the negative visual impacts of the Maritime Viaduct that will adversely impact on and transform the setting of the Historic Centre. They further note that the Maritime Viaduct is a structure of a very strong shape with a high visual impact which does not integrate harmoniously with the Historic District and establishes an undesirable contrast with regard to its maritime context. They consider that the ability of the property to convey its Outstanding Universal Value, as a fortified settlement in a Peninsula and as a testimony to the nature of the early settlements, with a layout and urban design adapted to a particular context, are being adversely compromised. The urban layout and scale and the relationship between the city and its setting, attributes crucial to the understanding of the evolution of the property, will also be adversely impacted.» State of Conservation Report 2013. Disponible en, http://whc.unesco.org/en/soc/1975 y también disponible en, http://whc.unesco.org/en/documents/123027 (páginas 188 y 189). Las negrillas fueron colocadas por la autora de este blog.

Traducción no oficial del mismo texto: «El Centro del Patrimonio Mundial y los Organismos Asesores subrayan los impactos visuales negativos del Viaducto Marítimo que impactarán adversamente y transformarán el entorno del Centro Histórico. Ellos señalan además, que el Viaducto Marítimo es una estructura de forma muy definida (of a very strong shape) con un alto impacto visual el cual no se integra de manera armoniosa con el Distrito Histórico y establece un contraste indeseable en cuanto a su contexto marítimo. Consideran que la habilidad de la propiedad para comunicar su Valor Universal Excepcional, como un asentamiento fortificado en una Península y como un testimonio a la naturaleza de los asentamientos tempranos, con una traza y diseño urbano adaptado a un contexto particular, están siendo comprometidos adversamente. La traza y escala urbanas y la relación entre la ciudad y su entorno, atributos cruciales para la comprensión de la evolución de la propiedad, también serán impactados adversamente.«

Nota:

Gracias a las políticas de transparencia de UNESCO y su Centro del Patrimonio Mundial, todos los documentos citados en este artículo del blog Patrimonio Panamá son información pública y de libre acceso para todos alrededor del mundo desde los sitios web de UNESCO, y mediante el Sistema de Información del Estado de Conservación (SOC), abierto al público desde 2012 (Pulse aquí para ver noticia relacionada: http://whc.unesco.org/en/news/962/).

Decisiones Borrador para Coiba y La Amistad, aprobadas sin discusión

Siguiendo con el interesante tema de la Sesión 37 COM del Comité del Patrimonio Mundial en Cambodia este año, anoche se aprobaron sin revisión las decisiones sobre nuestros patrimonios mundiales panameños,

Hago notar que el «Parque Nacional Darién» estará presentando aclaración de límites el día domingo 23 de junio 2013, según el horario provisional de la Sesión 37COM. Por lo que se ve, no será discutido, sino aprobado tal cual, aunque la decisión borrador no figura en los documentos de trabajo a la fecha de hoy. (http://whc.unesco.org/archive/2013/whc13-37com-8D-en.pdf, página 22)


La lista de propiedades del patrimonio mundial a ser discutidas en la Sesión 37 COM es esta: http://whc.unesco.org/archive/2013/whc13-37com-7infrev-en.pdf

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NOTA:

Gracias a las políticas de transparencia de UNESCO y su Centro del Patrimonio Mundial, todos los documentos citados a continuación son información pública y de libre acceso para todos alrededor del mundo desde los sitios web de UNESCO específicamente, mediante el Sistema de Información del Estado de Conservación (SOC) abierto al público desde 2012 (Pulse aquí para ver noticia relacionada: http://whc.unesco.org/en/news/962/).

Portobelo y San Lorenzo, y la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro

Gracias a las políticas de transparencia de UNESCO y su Centro del Patrimonio Mundial, todos los documentos citados a continuación son información pública y de libre acceso para todos alrededor del mundo desde los sitios web de UNESCO específicamente, mediante el Sistema de Información del Estado de Conservación (SOC) abierto al público desde 2012 (Pulse aquí para ver noticia relacionada: http://whc.unesco.org/en/news/962/).

Transmisión en vivo: durante la Sesión del Comité el Lunes 17, de 9:00 pm a Martes 18, 6:00 am hora de Panamá, en http://whc.unesco.org/en/sessions/37COM/

Todo texto en cursiva es una traducción NO OFICIAL del documento citado por dicho texto en cursiva.

El propósito de esta entrada en el blog Patrimonio Panamá no es realizar un análisis profundo, sino acercar de manera sencilla a ustedes, qué necesita cumplir Panamá en cuanto a las fortificaciones de Portobelo y San Lorenzo para que los riesgos que amenazan su valor universal excepcional sean eliminados.

Antecedente: 2012

La propiedad de patrimonio mundial, «Fortificaciones de la costa caribeña de Panamá: Portobelo y San Lorenzo» se encuentra en la costa norte de Panamá, en la provincia de Colón. Fue inscrita en la Lista del Patrimonio Mundial en 1980. Fue inscrita en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro en 2012.

De acuerdo al análisis realizado por el Centro del Patrimonio Mundial e ICOMOS, los peligros sobre el valor universal excepcional de las «Fortificaciones de la costa caribeña de Panamá: Portobelo y San Lorenzo» son, el estado frágil de la propiedad y su acelerado deterioro por factores ambientales, falta de mantenimiento y limitada planificación para la conservación; erosión; ausencia de límites establecidos y falta de zona de amortiguamiento; ausencia de un plan de conservación y gestión; invasiones y presión urbana; presión turística (particularmente en Portobelo); y legislación insuficiente para la preservación del patrimonio edificado y regulaciones que combinen a los dos componentes de la propiedad (Item WHC-13/37.COM/7A, página 91). Si estos riesgos son corregidos, Portobelo y San Lorenzo saldrán de la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro.

¡Sencillo! Pero no fácil.

La inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro fue decidida por el Comité del Patrimonio Mundial mediante la Decisión 36 COM 7B.102 e implementada mediante la Decisión 36 COM 8C.1, que estableció la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro en 2012.

La Decisión 36 COM 7B.102 (haz click en el enlace para verla, en inglés) señala en su párrafo No.6:

«6. Considers that the State Party has not complied with all the requests expressed by previous World Heritage Committee Decisions, and that therefore the property is in danger in conformity with Chapter IV.B of the Operational Guidelines and decides to inscribe the Fortifications on the Caribbean Side of Panama: Portobelo-San Lorenzo (Panama) on the List of World Heritage in Danger;» (Decisión 36 COM 7B.102)

A continuación, la Decisión 36 COM 7B.102 indica el estado deseado de conservación para la propiedad en su párrafo No.7; esto es, qué debe estar cumplido a fin de remover a las «Fortificaciones de la costa caribeña de Panamá: Portobelo y San Lorenzo» de la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro:

«7. Adopts the following Desired state of conservation for the property, for its future removal from the List of World Heritage in Danger:

a) The approval and full implementation of an emergency plan, a comprehensive assessment of structural and mechanical risks, preventative conservation strategy and maintenance measures at San Lorenzo and Portobelo,

b) National laws and policies for the conservation of built heritage at San Lorenzo and Portobelo defined and in place,

c) Long-term consolidation and conservation through annual plans for the components of the inscribed property ensured,

d) The operational and participatory management system, including its related public use plan, approved and implemented,

e) The Management Plan fully integrated within territorial and urban development plans,

f) Encroachments and urban pressure adequately controlled,

g) The boundaries and buffer zone of all component parts of the World Heritage property precisely clarified,

h) Budgets for the preparation, implementation and follow-up of the management structures and conservation measures secured.» Decisión 36 COM 7B.102

Panamá cuenta con un calendario, también descrito en la Decisión 36 COM 7B.102 que de cumplirse estrictamente las tareas en los plazos estipulados, culminaría en septiembre de 2014. Por ello sabemos de antemano que las «Fortificaciones de la costa caribeña de Panamá: Portobelo y San Lorenzo» no saldrían este año de la Lista en Peligro, aunque Panamá hubiese cumplido el calendario de tareas para 2013.

Este año, en Cambodia

Este año, en la Sesión 37 COM que está llevándose a cabo esta semana en Cambodia, se discute el documento Item WHC-13/37.COM/7A, donde las «Fortificaciones de la costa caribeña de Panamá: Portobelo y San Lorenzo» ocupan desde la página 91 hasta la 94. En este documento se incluye como antecedente el análisis realizado por el Centro del Patrimonio Mundial e ICOMOS, y la Decisión Borrador 37 COM 7A.36 (*).

En su Conclusión, el análisis realizado por el Centro del Patrimonio Mundial e ICOMOS dice así:

«The World Heritage Centre and the Advisory Bodies take note of the efforts made for setting up a coordinated national management system for World Heritage. However, they note the limited progress made by the State Party in the implementation of the Desired state of conservation and of the corrective measures of this property. They recommend that the World Heritage Committee express its concern that a comprehensive Emergency Plan has not yet been developed to identify a clear course of action to address the poor state of conservation of the property.

In addition, they note that no clear information was included on the decision-making process for the properties, nor on the role of the Technical Office in Portobelo in preparing the Emergency Plan. The institutional, legal and financial instruments to address the conservation and management of the property need to be clarified and put into force as a matter of urgency.»

(Traducido de forma NO OFICIAL, en Español diría lo siguiente: El Centro del Patrimonio Mundial y los organismos asesores toman nota de los esfuerzos realizados para la creación de un sistema nacional de gestión coordinada para el Patrimonio Mundial. Sin embargo, señalan los escasos progresos realizados por el Estado Parte en la aplicación del estado deseado de la conservación y de las medidas correctivas de esta propiedad. Recomiendan que el Comité del Patrimonio Mundial exprese su preocupación de que un plan de emergencia integral aún no ha sido desarrollado para identificar un curso claro de acción para hacer frente al mal estado de conservación del bien.

Además, señalan que no fue incluida información clara acerca del proceso de toma de decisiones para las propiedades, ni sobre el papel de la Oficina Técnica de Portobelo en la preparación del Plan de Emergencia. Es necesario aclarar y poner en vigor con carácter de urgencia los instrumentos institucionales, jurídicos y financieros para hacer frente a la conservación y gestión de la propiedad.)

La Decisión Borrador 37 COM 7A.36 dice así:

«Draft Decision: 37 COM 7A.36

The World Heritage Committee,

1. Having examined Document WHC-13/37.COM/7A,

2. Recalling Decision 36 COM 7B.102, adopted at its 36th session (Saint-Petersburg, 2012),

3. Takes note of the information provided by the State Party on the conditions at the property and the actions implemented and regrets that the report did not specifically relate information to the adopted corrective measures;

4. Expresses its serious concern for the limited progress that has been achieved in the execution of the corrective measures and urges the State Party to implement them within the approved timeframe, with particular attention to:

a) Formulation of a budgeted Emergency Plan that includes the identification of priority interventions for stabilization, conservation and protection with timeframes and priority interventions for implementation,

b) Ensuring that operational conservation arrangements are in place and that budgets have been secured for the implementation of the Emergency Plan,

c) Identification of measures to address encroachments and urban pressure;

5. Requests the State Party to submit comprehensive technical and graphic information on the planned construction of a retaining wall at the Santiago de la Gloria fort in Portobelo by 30 October 2013, and to halt the interventions until the evaluation of the World Heritage Centre and the Advisory Bodies is submitted to the State Party;

6. Also requests the State Party to submit clear information on the role of the Patronato de Portobelo for the conservation of the property within the framework of a collective Management Plan for this property and the Archaeological Site of Panamá Viejo and Historic District of Panamá;

7. Further requests the State Party to invite an advisory mission to support the State Party in providing guidelines to finalize the diagnosis and to prepare a comprehensive conservation Emergency Plan as soon as possible,

8. Requests moreover the State Party to submit to the World Heritage Centre, by 1 February 2014, an updated report on the state of conservation of the property and the implementation of the above, for examination by the World Heritage Committee at its 38th session in 2014;

9. Decides to retain Fortifications on the Caribbean Side of Panama: Portobelo-San Lorenzo (Panama) on the List of World Heritage in Danger.» (Item WHC-13/37.COM/7A, páginas 93 y 94).

Llama la atención especialmente el punto No.3 de la decisión borrador, donde el Comité toma nota de la información provista por el Estado Parte (Panamá) sobre las condiciones de la propiedad y acciones implementadas – a la vez que lamenta que el informe panameño no relacionó específicamente información con las medidas correctivas (señaladas a Panamá en la Decisión del año pasado) a las amenazas al valor universal excepcional que provocaron la inclusión en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro, en primer lugar; y el punto No.6 donde se solicita a Panamá que aclare el papel del Patronato de Portobelo para la conservación de la propiedad (Portobelo y San Lorenzo) dentro de lo que aparenta ser un nuevo marco de trabajo panameño que no ha sido difundido en Panamá: el Plan Colectivo de Gestión, que administraría no solo a Portobelo y San Lorenzo, sino también al Sitio Arqueológico de Panamá Viejo y al Casco Antiguo (Distrito Histórico de Panamá). ¿Cuál sería el rol de los patronatos en este marco de gestión en ciernes? ¿Se repetiría el modelo de gestión reciente del Casco Antiguo de Panamá en los otros conjuntos monumentales históricos?

La Decisión Borrador 37 COM 7A.36 específicamente, será discutida por el Comité del Patrimonio Mundial el día de mañana Lunes 17, de 9:00 pm a Martes 18, 6:00 am hora de Panamá, transmitido en vivo en http://whc.unesco.org/en/sessions/37COM/.

Actualización, 18 de junio 2013:

Las «Fortificaciones de la costa caribeña de Panamá: Portobelo y San Lorenzo» no fueron discutidas anoche (17 de junio a partir de las 9:00 p,. hora de Panamá) por el Comité del Patrimonio Mundial, pues resulta que no están en la lista oficial para discusión (documento http://whc.unesco.org/archive/2013/whc13-37com-7infrev-en.pdf). Esto significa que (si no hay solicitud de cambios por algún miembro del Comité o del Estado Parte), su Decisión Borrador será adoptada sin cambios al final de la Sesión 37 COM.

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(*) El Estado de Conservación o SOC, para las «Fortificaciones en la costa caribeña de Panamá: Portobelo y San Lorenzo», está desglosado y disponible al público en http://whc.unesco.org/en/soc/1854. Incluye una pestaña en su parte inferior donde está la Decisión Borrador 37 COM 7A.36.

Ya inició la 37ma Sesión del Comité del Patrimonio Mundial

Estimados, ya inició la 37ma Sesión del Comité del Patrimonio Mundial (37 COM) en Cambodia. Recuerden que pueden ver las reuniones del Comité del Patrimonio Mundial en vivo, por internet:

Live Webcast: http://whc.unesco.org/en/sessions/37COM/

O en el sitio oficial camboyano del evento:

Web Casting: http://www.whc37cambodia2013.kh/news/press/01/42.html

Cambodia y Panamá tienen una diferencia horaria de doce horas. Por ello, las 9:00 pm del día Lunes en Panamá son las 9:00 am del día Martes en Cambodia. En otras palabras, Cambodia está doce horas delante de Panamá.

Este es el documento con el horario provisional de las sesiones del Comité transmitidas en vivo este año (2013):

http://whc.unesco.org/archive/2013/whc13-37com-3BRev-en.pdf